Femicidio de Lucía Pérez: Matías Farías fue condenado a prisión perpetua

Un tribunal oral condenó además a Juan Pablo Offidani a 8 años de prisión por considerarlo partícipe secundario en el abuso sexual y el femicidio.
Matías Farías (29), condenado por los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado, venta de drogas y femicidio. Foto: gentileza.

El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de Mar del Plata condenó este jueves a prisión perpetua a Matías Farías (29) por los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado, venta de drogas y femicidio de Lucía Pérez, ocurrido el 8 de octubre de 2016 en esa ciudad balnearia.

Los jueces Gustavo Fissore, Alexis Simaz y Roberto Falcone condenaron además a 8 años de prisión a Juan Pablo Offidani (29) por considerarlo partícipe secundario en el abuso sexual y el femicidio.

Farías y Offidani fueron condenados por el delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la muerte de la persona ofendida, por el suministro de estupefacientes y en concurso ideal con femicidio”.

En el caso de Farías, tanto la acusación fiscal como las representantes de la familia de la adolescente coincidían en que debía ser condenado a prisión perpetua, en calidad de autor.

Offidani, en tanto, fue acusado por el fiscal Leandro Arévalo de actuar como “partícipe secundario”, por lo que pidió que sea sentenciado a 20 años de cárcel, mientras que las abogadas Verónica Heredia y María Florencia Piermarini, en su condición de particular damnificado, consideraron que su participación fue “necesaria” y por lo tanto debía recibir también la pena máxima.

Las defensas de ambos, en tanto, habían rechazado la imputación y entendido que en el juicio desarrollado entre el 7 y el 28 de febrero no pudo probarse el delito imputado, por lo que habían pedido que fueran absueltos.

El fallo se dio a conocer en el sexto piso de los tribunales marplatenses y fue transmitido también por el canal de YouTube de la Dirección de Comunicación y Prensa de la Suprema Corte bonaerense, tal como ocurrió con la apertura del juicio y los alegatos de las partes.

Los acusados no estuvieron presentes y siguieron la audiencia de manera remota desde sus lugares de detención, tal como ocurrió en el resto del proceso oral: Farías desde la Unidad Penal de Florencio Varela, y Offidani, desde la Unidad Penal de Batán.

El femicidio de Lucía

De acuerdo con la instrucción de la causa, Lucía había conocido a ambos acusados un día antes de su muerte, cuando se acercaron a la Escuela Media 3 local a venderle un cigarrillo de marihuana.

Según se acreditó, en la tarde del 8 de octubre de 2016 la menor de edad fue llevada a una sala de salud de la zona sur de la ciudad, a donde llegó sin vida, luego de pasar la mañana en la casa de Farías, en Racedo al 4.800, en el barrio Alfar.

Peritos que declararon en el juicio señalaron que la principal hipótesis sobre la causa de su muerte apunta a una falla cardíaca vinculada al consumo de cocaína, y señalaron que, si bien no era posible descartarlo, no se hallaron signos de un abuso sexual.

Durante el primer juicio por el caso, en noviembre de 2018, Farías y Offidani fueron condenados a ocho años de prisión por los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale, del TOC 1, pero solo por la venta de drogas en la puerta de la escuela, y fueron absueltos del resto de los cargos.

En agosto de 2020, la Sala IV del Tribunal de Casación bonaerense revocó esas absoluciones, dispuso la “nulidad” del juicio y ordenó la realización de uno nuevo, resolución que fue confirmada un año más tarde por la Corte provincial.

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