Danae Olguín no murió por Covid y la querella apunta a un "homicidio culposo"

El abogado Zacarías Ramírez Rigo precisó a La Nueva Mañana que la autopsia determinó que la muerte de la niña de Coronel Moldes se produjo por un “shock cardiogénico irreversible”.

La familia ha logrado constituirse como querellante y viene presentando diversos elementos probatorios y testigos (Puntal)

El abogado Zacarías Ramírez Rigo, que acompaña a la familia de la niña Danae Olguín, que falleció el 8 de enero en el hospital de Río Cuarto, precisó a La Nueva Mañana que la autopsia determinó que el desenlace fatal se produjo por un “shock cardiogénico irreversible”, coincidente con con el “shock séptico” que mencionaba el acta de defunción.

Estos datos contradicen la información que recibieron inicialmente los padres de la niña, a quienes desde el nosocomio del sur provincial les indicaron que había fallecido por Covid-19.

La niña fue llevada el 6 de enero al hospital de Coronel Moldes por sus padres, a causa de un dolor generado tras un golpe en una pierna. “Antes de trasladarla a Río Cuarto, en Moldes le hacen un análisis de sangre que daba que los glóbulos blancos los tenía muy altos más fiebre. En aquel momento ya tenía una infección”, indicó Ramírez Rigo.

Denuncia el abogado que ni en Coronel Moldes ni en Río Cuarto se atendió el problema como una infección, por lo que se le suministraron calmantes para el dolor pero no así antibióticos: “Solamente cuando está en terapia intensiva le suministran, pero ya era tarde porque le estaban haciendo tareas de reanimación”.

Por este hecho hay una causa judicial en marcha que ha pasado por dos fiscalías de feria y en febrero quedaría en manos de Javier Di Santo. La familia ha logrado constituirse como querellante, con el patrocinio de Ramírez Rigo y Sergio Bernal Valverde, desde donde se han presentado diversos elementos probatorios y testigos. Además, aseguran que hay una nota interna entre enfermeros, que brindaría importantes elementos probatorios.

“Con la familia nos constituimos como querellantes y hemos ofrecido declaraciones como la de la abuela donde deja en evidencia un delay que había entre enfermeros y médicos de pediatría”, refirió el abogado, quien estima que cuando la familia es informada desde Río Cuarto que el cuadro de su hija se ha agravado, probablemente se le estaban practicando tareas de reanimación o ya había fallecido.

Infiere Ramírez Rigo, a partir de lo que expresan las historias clínicas, el acta de defunción y la autopsia, que se trató de una infección que no se combatió a tiempo. “El shock séptico habla de un proceso de infección y la autopsia habla de un shock cardiogénico irreversible. La nena no tenía problemas del corazón, no era paciente cardíaca. Su corazón deja de latir porque sufre un shock séptico, que es cuando el cuerpo sufre una gran infección y los órganos vitales se inflaman, empiezan a funcionar mal y todo el sistema se desmejora”.

El análisis de los abogados es el siguiente: “Sabemos de qué murió y que era evitable. Por lo tanto, la nena podría estar viva. Esto nos lleva a que esto se puede configurar como homicidio culposo por impericia o por mala praxis”.

En principio, la querella pretende que se determine la responsabilidad que han tenido los servicios de pediatría de ambos hospitales que recibieron a la niña. En una segunda etapa, anticipó Ramírez Rigo que se avanzará en una denuncia civil, ya que consideran que debe haber un resarcimiento económico. Aunque subrayó que a la familia “no le va a brindar tranquilidad porque el dolor es incuantificable".

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