País30/12/2020

Tribunal marplatense rechazó excarcelaciones en causa de lesa humanidad

La defensa de Emilio y Julio Méndez había solicitado la libertad de los hermanos, condenados por el secuestro y asesinato del abogado laboralista Carlos Moreno.

Los hermanos Méndez (izquierda), al ser condenados en 2012. - Foto: eleco.com.ar

El Tribunal Oral Federal N°1 de Mar del Plata rechazó este martes el pedido de excarcelación de la defensa de los hermanos Emilio Felipe Méndez y Julio Manuel Méndez, en la causa por el secuestro y asesinato del abogado laboralista Carlos Alberto Moreno, después de que la Corte Suprema de la Nación anulara las condenas de ambos a 15 y 11 años de prisión, respectivamente.

El tribunal marplatense no hizo lugar el argumento de la defensa de Julio Méndez respecto de que el fallo de la Corte del 23 de diciembre último debería favorecer su excarcelación.

Si bien le aceptó la excarcelación por haber cumplido la tercera parte de su condena de 11 años -por la cual lleva 8 años y 10 meses-, los magistrados aclararon que no puede hacerse efectiva porque Julio Méndez cumple prisión preventiva por otra causa sobre el centro clandestino de detención conocido como "La Huerta", que funcionó en Tandil durante la última dictadura militar.

En cuanto a Emilio Méndez, el tribunal también le rechazó el pedido de excarcelación, y entre sus argumentos, el tribunal marplatense tomó el rechazo expresado por la parte querellante, integrada por la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, la Secretaría de Derechos Humanos bonaerense y los deudos de la víctima Carlos Alberto Moreno, que coincidieron en que el fallo de la Corte Suprema "en nada modifica y por tanto no habilita que el imputado sea beneficiado con una excarcelación".

Ambos fueron condenados por ser partícipes del secuestro y asesinato del abogado Carlos Alberto Moreno, en abril de 1977.

El 23 de diciembre, la Corte Suprema de Justicia anuló lo resuelto por la Cámara de Casación Penal Federal, que había confirmado las condenas de los hermanos impuestas por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de Mar del Plata en 2012, al hacer lugar a un recurso de queja de la defensa y ordenar la remisión de las actuaciones a Casación, para que emita un nuevo fallo.

Tras ese fallo de la Corte, la Subsecretaría de Derechos Humanos bonaerense repudió que se favoreciera a "dos civiles condenados por delitos de lesa humanidad".

Fuente: Télam

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