País04/11/2020

¿Cuáles son los nuevos requisitos para acceder a la AUH?

Este miércoles se publicó en el Boletín Oficial el decreto que modifica los requerimientos. El objetivo del Gobierno es incorporar a un millón de nuevos beneficiarios.

El objetivo del Gobierno nacional es incorporar a este programa a más de un millón de nuevos beneficiarios. - Foto: prensa Anses.

Este miércoles se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 840/2020, que modifica los requisitos para acceder a la Asignación Universal por Hijo (AUH). El objetivo del Gobierno nacional es incorporar a este programa a más de un millón de nuevos beneficiarios.

A continuación, las nuevas condiciones para acceder a la AUH:

  • Se requerirá que la niña, el niño, adolescente y/o la persona con discapacidad sea argentino o argentina nativo o nativa, naturalizado o naturalizada o por opción. Cuando la niña, el niño, adolescente y/o la persona con discapacidad y sus progenitores o sus progenitoras o las personas que los o las tengan a cargo sean extranjeros o extranjeras, deberán acreditar tanto la niña, el niño, adolescente y/o la persona con discapacidad como él o la titular que percibirá la asignación, dos años de residencia legal en el país.

  • Se deberá acreditar la identidad del o de la titular del beneficio y de la niña, del niño, adolescente y/o persona con discapacidad, mediante Documento Nacional de Identidad (DNI) y residencia en el país.

  • Se deberá acreditar que la persona que percibirá el beneficio tiene a su cargo a la niña, al niño, adolescente y/o persona con discapacidad, en función de las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación y de conformidad con la documentación que la ANSES disponga a estos fines.

  • La acreditación de la condición de discapacidad será determinada en los términos del artículo 2º de la Ley Nº 22.431, certificada por autoridad competente.

  • Hasta los cuatro años de edad, inclusive, deberá acreditarse el cumplimiento de los controles sanitarios y del plan de vacunación obligatorio. Desde los cinco años de edad y hasta los 18 años, deberá acreditarse además la concurrencia de las niñas, los niños y adolescentes obligatoriamente a establecimientos educativos públicos.

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