Covid-19: Villa María y zona retroceden de fase hasta el 4 de octubre
Lo dispuso el COE Regional este fin de semana, ante el aumento de los contagios. La medida intenta restringir la circulación de personas en 71 localidades de la región.
El COE Regional de Villa María dispuso retrotraer de fase en esa ciudad y las localidades cercanas, ante el aumento de los contagios en los últimos días. La medida regirá hasta el 4 de octubre próximo y está en consonancia con restricciones similares recomendadas para otras grandes ciudades del interior provincial, que sin embargo no han sido acatadas, caso Alta Gracia y Villa Carlos Paz.
“En los últimos días nuestro país, la provincia de Córdoba y esencialmente nuestra región, compuesta de 71 municipios, han experimentado un aumento considerable de contagios de Covid-19, que han llevado al límite la capacidad de la infraestructura sanitaria para prestar atención a las personas que requieren tratamiento con internación”, señalaron desde el COE.
La intención es “minimizar la circulación de personas y con ello tratar de mitigar las posibilidades de mayores contagios, a los fines de evitar la necesidad de tomar medidas más restrictivas”.
Las acciones que implementarán en las dos Villas y los otros 69 municipios regirán desde la hora cero de este lunes hasta el domingo 4 de octubre y comprenden:
1- Horario: se establece que todas las actividades comerciales, administrativas, culturales, gastronómicas deportivas, recreativas y cualquier otra que pudiere desarrollarse en forma individual o colectiva, se deberán llevar a cabo entre las 8 y las 20. Solo quedan exceptuadas de la limitación horaria las actividades de farmacia, urgencias médicas, expendio de combustible e industrias dedicadas a la producción de alimentos e insumos de la industria alimenticia.
2 - Actividades deportivas, culturales, artísticas y recreativas: estas actividades solo se podrán practicar en forma individual y dentro del horario permitido. Queda restringida la práctica deportiva de carácter grupal y/o en equipos, sea esta de carácter competitivo o recreativo.
3 - Actividades al aire libre: todas las actividades deportivas y recreativas que se realizan al aire libre, en espacios públicos o privados, deberán desarrollarse en el horario habilitado y con riguroso cumplimiento del protocolo de bioseguridad individual, manteniendo el distanciamiento de dos metros, con utilización de barbijo y/o tapaboca y con higienización permanente de manos. No está permitido la detención y permanencia en el lugar por más de 15 minutos, como así tampoco la utilización del mobiliario urbano y/o deportivo que se encuentra instalado en los espacios públicos.
4 - Factor de ocupación: se solicita respetar el factor de ocupación del 50% en todos aquellos espacios cerrados en los que se realizan las actividades autorizadas, siendo a cargo de los responsables, titulares, encargados y/o propietario del espacio hacer cumplir el protocolo de bioseguridad individual.
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