Ordenan a prepaga cubrir un bypass gástrico para una afiliada con obesidad
Una empresa de medicina deberá solventar de manera integral los gastos de una cirugía bariátrica prescripta a una afiliada que tiene diagnóstico de obesidad severa, aunque el índice de masa corporal no se corresponde con la normativa.
Una empresa de medicina prepaga de Villa María deberá solventar de manera integral el costo de una cirugía bariátrica, mediante bypass gástrico, prescripta a una afiliada que tiene diagnóstico de obesidad severa, aunque el índice de masa corporal no alcanza los kilogramos que establece la normativa vigente para la cobertura de este tipo de intervenciones.
La jueza de Control y Faltas de Villa María, Edith Lezama de Pereyra, hizo lugar a la acción de amparo formulada por la afiliada por entender que ese requisito "no es excluyente", puesto que dicha cirugía también se indica en aquellos pacientes que poseen un IMC igual a 35 kg/m2 "y poseen asociada alguna enfermedad secundaria a su estado de obesidad", tales como la diabetes, la apnea del sueño o el hígado graso, entre otras.
La paciente acreditó en el expediente que inició un tratamiento contra la obesidad cuando tenía un índice de masa corporal de 40,6 kg/m2, que merced a la realización de actividad física y el cambio de pautas alimentarias logró reducirlo a 36,51 kg/m2; y que, desde 2010, padece diabetes tipo II (es decir, no es insulino dependiente) y, desde 2016, sufre apnea del sueño. En base a este cuadro, los médicos que la trataban le prescribieron una cirugía bariátrica, mediante by pass gastroyeyunal, por videolaparoscopía.
Una de las objeciones que formuló la prepaga para la cobertura de la intervención fue que la mujer no había cumplido el requisito de realizar tratamiento para bajar de peso, en forma ininterrumpida, durante por lo menos 24 meses.
En este sentido, la magistrada señaló que la paciente se sometió a un tratamiento ininterrumpido por su obesidad, desde julio de 2014: en una primera etapa, se atendió en la Clínica San Martín de Villa María; mientras que, a partir de junio de 2016, se cambió al Sanatorio Allende, de la ciudad de Córdoba.
"Es decir que a la fecha de presentación de esta demanda (enero de 2017), la paciente llevaba más de dos años de tratamiento ininterrumpido para tratar de bajar de peso, obteniendo un resultado que los especialistas calificaron de no satisfactorio, por lo que aconsejaron la realización de cirugía bariátrica", dijo.
La jueza Lezama de Pereyra hizo lugar a la acción de amparo y ordenó a la empresa de medicina prepaga a prestar a su afiliada una cobertura integral de la cirugía bariátrica, mediante by pass gastroyeyunal, por videolaparoscopía, como así también los tratamientos, las prácticas, los servicios y los insumos que para ello sean requeridos, pre y post quirúrgicos "con el mismo alcance que el establecido para los casos de personas con IMC igual o mayor a 40 Kg/m2, en la oportunidad y condiciones clínicas que el equipo médico tratante determine". La resolución fue apelada y, actualmente, está radicada en la Cámara en lo Criminal y Correccional de Villa María.
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