Córdoba22/02/2019

Publicaron el padrón provisorio para verificar los datos personales

De manera online, se puede corroborar que los datos que figuran en el padrón electoral son correctos. Hasta el 8 de marzo pueden solicitarse rectificaciones.
Los votantes pueden consultar el padrón provisorio para comprobar que no haya errores en la información. Foto: archivo.

El Tribunal Electoral Provincial puso a disposición de manera online la consulta del padrón provisorio de votantes que se utilizará en las próximas elecciones provinciales en el sitio: dondevoto.justiciacordoba.gob.ar.

Los electores podrán constatar si sus datos personales figuran correctamente y solicitar enmienda de errores u omisiones hasta el 8 de marzo. El 12 de abril se publicará el padrón definitivo donde figurará la escuela y número de mesa donde votará cada elector.

Los interesados deberán ingresar su número de DNI. También, indicar si son o no extranjeros. De esta forma podrán verificar si sus datos figuran correctamente. Entre los circunstancias que puede ocurrir, es que los electores observen que no figuran en el padrón; que todos o algunos de los datos no son correctos; que está registrada una persona que ha fallecido; etc. En esos casos, podrá realizar su reclamo hasta el 8 de marzo ante la Cámara Nacional Electoral en www.padron.gov.ar/cne_reclamos que tiene autoridad y jurisdicción para realizar las modificaciones y/o supresiones en el padrón.

Asimismo, los interesados podrán realizar su solicitud personalmente en la ciudad de Córdoba el Juzgado Electoral Provincial ubicado en Caseros 684, de lunes a viernes de 8 a 14. Cabe aclarar que los días 25, 27 y 28 de febrero, la atención se extenderá hasta las 20. Se dispuso además una línea específica para este tipo de reclamos: (0351) 4481022.

También podrán enviar carta certificada con aviso de recepción, en la que adjunte prueba suficiente de la observación formulada para que se subsane la omisión o el error. Por su parte, las Juntas Electorales Municipales y Comunales y las sedes del interior del Poder Judicial pueden receptar los reclamos con las pruebas suficientes.

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