
La Corte declaró inconstitucional que los jubilados paguen Ganancias
Redacción La NUEVA Mañana
La Corte Suprema de Justicia dejó firme un fallo que declara la inconstitucionalidad de aplicar Impuesto a las Ganancias a las jubilaciones, que abarca a todos los jubilados.
Con la utilización del mecanismo conocido como "artículo 280°", la Corte Suprema de Justicia dejó firme la sentencia de la Sala 2 de la Cámara de la Seguridad Social del caso Carderale sin ingresar a la discusión del tema.
El fallo fue dictado con los votos propios, pero coincidentes en el punto de la inconstitucionalidad del artículo 79° inciso c) de Ley de Impuesto a las Ganancias (LIG), por los camaristas Luis Herrero y Nora Carmen Dorado.
"La Constitución Nacional en su artículo 14° bis prescribe en forma expresa que el Estado otorgará los beneficios de la Seguridad Social con carácter de integrales e irrenunciables", afirma el fallo Carderale.
"Esta Corte ha sostenido que las jubilaciones y pensiones no constituyen una gracia o un favor concedido por el Estado, sino derechos incorporados al patrimonio, y ninguna ley posterior podría abrogarlos más allá de lo razonable", porque están protegidas por 'garantías de orden constitucional'", añade.
La sentencia cita preceptos de la Declaración Universal de Derechos Humanos, así como un fallo de la Corte según el cual es necesaria "una consideración cuidadosa a fin de que, en los hechos, no se afecten los caracteres de integrales e irrenunciables de los beneficios de la seguridad social".
En el caso, dijo que "el haber previsional del jubilado podría verse disminuido por varios topes, descuentos y en especial, por el Impuesto a las Ganancias, que la Corte tacha de inconstitucional.
El voto del juez Herrero recuerda que la LIG, artículo 79° inciso c) enumera "las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal y de los consejeros de las sociedades cooperativas", entre las rentas gravadas.
"Resultaría contradictorio reconocer que los beneficios previsionales están protegidos por la garantía de integridad, proporcionalidad y sustitutividad, que consagra la Constitución, y a la vez, tipificarlos como una renta, enriquecimiento, rendimiento o ganancia gravada", indicó el juez Herrero.
"Por lo mismo, deviene irrazonable y carente de toda lógica jurídica, asimilar o equiparar las prestaciones de la seguridad social a rendimientos, rentas, enriquecimientos, etc.", añadió el voto de mayoría.
Para el juez Herrero, "podría inferirse que el aporte en concepto de Impuesto a las Ganancias que grava a los jubilados sería percibido por el Estado en dos oportunidades con respecto a la misma persona".
En este estado, el jubilado no desarrolla "ninguna actividad lucrativa de carácter laboral o mercantil", ni percibe "un salario por parte de un empleador", ni obtiene "rendimientos, rentas o enriquecimientos de ninguna clase", subrayó el juez Herrero.
Por este motivo, la sentencia con los votos de los dos camaristas firmantes estableció "la inconstitucionalidad del artículo 79° inciso c) de la Ley de Impuesto a las Ganancias" y su decreto reglamentario, así como "declarar exentas del tributo las sumas retroactivas en favor del titular".


Venezuela: asciende la cifra de víctimas fatales y fueron 190 los edificios que colapsaron

Noruega dio la sorpresa: venció a Brasil con dos goles de Haaland y avanzó a cuartos de final

Encontraron otro cuerpo en Uruguay e investigan si pertenece a uno de los pescadores desaparecidos

Caso Guadalupe Lucero: San Luis actualizó la imagen de la niña desaparecida en 2021

Bomba polar: este viernes es el día más frío del año, con temperaturas bajo cero en diversos puntos del país

La abuela de Loan denunció que 3 hombres convencieron a Laudelina para que mintiera

El Senado recién sesionará a mediados de julio: nuevo cruce entre Bullrich y Villarruel

Tras la imputación por "administración infiel", el secretario de Desarrollo Urbano se tomó licencia



Venezuela: la cifra de muertes asciende a casi 3.000 personas y hay más de 40.000 desaparecidos

Las vacaciones de invierno ponen primera: las propuestas de cinco destinos para disfrutar en Córdoba

Localizaron sana y salva a la adolescente de 13 años buscada mediante Alerta Sofía

Investigan la muerte de un instructor que cayó de una avioneta en pleno vuelo en Toledo

La peor noticia: a los 61 años falleció nuestro compañero Javier Imaz







