Ahora se vienen los Jefes de los Parajes en Córdoba

González pidió la rehabilitación del proyecto en el que estipula la creación de los “representantes” de los parajes, una especie de intendente. Tendrán mandato por dos años y no podrán contratar personal.

Política 10/04/2018 Gaston Gracia Daponte Gaston Gracia Daponte
Oscar Gonzalez
Oscar González - Presidente Provisorio a cargo de la Vicegobernación Foto: Diego Roscop

En el marco de las reformas electorales que Unión por Córdoba viene impulsando y que sancionará mañana en la sesión de la Unicameral, el Presidente Provisorio a cargo de la vicegobernación Oscar González pidió la rehabilitación del proyecto que presentó en septiembre de 2016 -que tomará estado parlamentario el miércoles- en el que propone regular la condición institucional de la inmensa cantidad de parajes distribuidos en todo el territorio provincial.

El proyecto propone la realización de una votación entre los pobladores para elegir a un “representante” que tendrá a su cargo las responsabilidades de la gestión de servicios básicos en el lugar. En principio y para llevar adelante la propuesta, el proyecto establece que el Ministerio de Gobierno nombrará primero a estos jefes comunales para que un plazo determinado llame a elecciones para elegir a quien ocupará este cargo.

Esta autoridad tendrá un mandato de dos años con la posibilidad de reelección. En los fundamentos González indica que los parajes en “ningún caso serán considerados estado o gobierno local” y aclara que “no les caben los atributos o facultades y responsabilidades que para estos se prevén en la normativa municipal”. Si serán considerados sujeto de derecho público, pero no un nivel de gobierno.

Por el contrario se establece que estos representantes, que harán como si fueran intendentes pero con atribuciones muy reducidas, serán titulares legales que tendrán a su cargo la conducción de la gestión de los planes de trabajo autorizados.

Esta especie de jefes políticos son los que articularán con el Ministerio de Gobierno para llevar adelante las obras y servicios que requiera cada lugar. En el artículo 10 se señala expresamente que el representante a cargo del paraje “no podrá” contratar personal y que “sólo podrán ejecutarse por sí los actos que en el marco del plan de servicios queden a su cargo”.

Para lograr la categoría de parajes, los asentamientos deberán cumplir con una serie de requisitos ante el Ministerio de Gobierno. Un paraje es denominado a un asentamiento humano, afincado en un punto geográfico de base rural y dotado de una mínima organización institucional. En cuanto a su población, esta puede estar compuesta por residentes de carácter permanente o regular.

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