
Juicio a González: admiten parcialmente la acción civil contra el exlegislador y la Provincia
Redacción La Nueva Mañana


Este martes se conoció la sentencia de la Cámara Criminal y Correccional de Villa Dolores en el juicio que se sustanció contra el exlegislador Oscar Félix González, en virtud del choque fatal que protagonizó en el Camino de las Altas Cumbres el 29 de octubre de 2022.
En cuanto a las demandas civiles contra el exlegislador y el Estado provincial, la Cámara admitió parcialmente tales acciones civiles. Cabe recordar cómo los representantes legales del Gobierno de la Provincia de Córdoba se alinearon con los argumentos y la postura de la defensa de Oscar González, encabezada por el abogado Miguel Ortíz Pellegrini.
La Provincia, algo que fue duramente cuestionado por la querella, adoptó como argumentos responsabilizar a la víctima; rechazar las indemnizaciones; distribuir las culpas de forma subsidiaria y apoyar los planteos de nulidad. Se cuestionó al Estado por plegarse de lleno a la defensa de los intereses de Oscar González, dejando en segundo plano todo lo concerniente a la asistencia de las víctimas del choque.
A González se lo condenó como autor penalmente responsable de los delitos de homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de un vehículo automotor y lesiones culposas agravas por la conducción imprudente de un vehículo automotor, dos resultados, en concurso ideal. Y se le impuso la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación especial para conducir vehículo automotor por el término de ocho años y las costas del proceso.
Para el dictado del fallo, el juez Santiago Camogli no tomó en cuenta los alegatos de los abogados querellantes, según argumentó "por serias deficiencias".

La demanda civil
La Cámara Criminal y Correccional de Villa Dolores, conformada como tribunal unipersonal con el juez Santiago Camogli al frente, dio a conocer este martes lo resuelto en cuanto a la demanda civil contra el exlegislador provincial Oscar González y la Provincia de Córdoba.
La Cámara admitió parcialmente la acción civil iniciada por Vera Szulewicz y condenó a Oscar Félix González y a la Provincia de Córdoba a abonarle 31.633.758,86 de pesos.
También admitió parcialmente la acción civil iniciada por Marina Szulewicz y condenó a Oscar Félix González y a la Provincia de Córdoba a pagarle 353.575.089,30 pesos.
Finalmente, admitió parcialmente la acción civil iniciada por Alexa Valentina Miranda Gonzáles y condenó a Oscar Félix González y a la Provincia de Córdoba a abonarle la suma de 1.625.279.401 pesos.
El detalle
La Cámara admitió parcialmente la acción civil iniciada por Marina Szulewicz. Condenó a González y la Provincia de Córdoba a abonar la suma de $353.575.089,30, la que se integra del siguiente modo: $29.887.100,39 por daños psicofísicos por incapacidad pasada, $207.151.056,30 por daños psicofísicos por incapacidad futura, $4.053.575,92 por el segmento pasado del rubro consecuencias patrimoniales derivadas del fallecimiento de su madre y $4.655.356,67 por el periodo futuro, $100.000.000 por daño moral, $2.000.000 por gastos de traslado, $500.000 por gastos de vestimenta y $5.328.000 en concepto de tratamiento psicológico futuro. A los montos admitidos por cada concepto se les adicionaran los intereses correspondientes que se especificaran en la sentencia.
También dispuso imponer las costas por el ejercicio de la acción civil por parte de Marina Szulewicz en un 50% a su cargo y en el restante 50% a cargo de los demandados civiles (arts. 550 y 551 CPP y arts. 132 CPCC). La Cámara destacó que la actora cuenta a su favor con beneficio de litigar sin gastos otorgado por Resolución Número 3006 de fecha 14/09/2026.
La acción civil iniciada por Alexa Valentina Miranda Gonzáles también fu admitida patcialmente. Se condenó a González y el Estado provincial a abonarle la suma de $1.625.279.401, la que se discrimina en $34.352.651,06 por daños psicofísicos por incapacidad pasada, $237.462.750,01 por daños psicofísicos por incapacidad futura, $300.000.000 por daño moral, $38.860.000 por gastos de traslado, $500.000 por gastos de vestimenta, $7.000.000 por gastos de adaptación de vivienda, $ 7.104.000 por tratamiento psicológico futuro y $ 1.000.000.000 en concepto de acompañante-asistente para actividades diarias, tratamiento nutricional futuro, gastos de tratamientos y rehabilitación futuros, elementos ortopédicos e insumos médicos. A los montos admitidos por cada concepto se les adicionaran los intereses que se especificaran en la sentencia.
El Tribunal rechazó el pedido de imposición de costas solidarias a los letrados de las y los actores civiles formulados por el acusado Óscar Félix González.
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