
Rige la nueva Ley de Tránsito: actualización de normativas e incorporación de tecnología
Redacción La NUEVA Mañana
Ya rige en todo el territorio provincial la nueva Ley de Tránsito N° 11.096, que incorporó una serie de modificaciones y actualización de la normativa. Para una mayor seguridad vial (los siniestros en rutas y calles es una de las principales causas de muerte), la norma modifica la anterior Ley, la N° 8.560, actualizando la implementación de controles y endureciendo las sanciones para las faltas consideradas graves.
Legalización de luces DRL
Sigue vigente la obligatoriedad de luces bajas en todas las rutas de la provincia. La novedad para los automovilistas es la validación legal de las luces DRL (Daytime Running Lights). Se trata del sistema de luces de los automóviles más nodernos y ya lo traen de fábrica. Se activan automáticamente y, hasta hoy, el empleo de sólo esas luces durante el día generaba durdas en los controles y muchos conductores fueron sancionados como si hubieran cometido una infracción.
A partir de este miércoles, quedaron equiparadas las luces DRL con las luces bajas tradicionales. No obstante se establece que deben encenderse automáticamente junto con la luz de posición trasera, y esto siempre que exista luz natural suficiente y condiciones normales de visibilidad.
La nueva Ley de Tránsito de Córdoba, mantiene la exigencia de luces bajas convencionales en casos de condiciones meteorológicas adversas como niebla, lluvia intensa o nevada. Ante estas contingencias, además deberán encenderse las luces de niebla si el vehículo las posee.
Implementación de radares en rutas provinciales
La Ley de Tránsito que entró en vigencia este miércoles habilita la radarización de las rutas de la provincia, permitiendo el empleo de medios digitalrs y dispositivos electrónicos remotos para verificar, detectar y dejar constancia documental de una infracción.
La nueva norma busca fortalecer el control vial en corredores provinciales, donde el exceso de velocidad es una de las principales causas de siniestros. Los radares podrán operar sin presencia física de inspectores, lo que amplía significativamente la capacidad de fiscalización de la Policía Caminera.
Nueva clasificación de infracciones y sanciones más severas
La reforma introduce una reclasificación del cuadro general de infracciones que endurece las sanciones para ciertas conductas. Ahora se tipifican como graves la ingestión de sustancias que disminuyan las facultades psicofísicas del conductor y la conducción sin licencia habilitante.
Las infracciones muy graves incluyen el exceso de velocidad, circular sin seguro obligatorio, el exceso en peso o dimensiones máximas permitidas para vehículos de transporte, y las competencias o carreras entre vehículos (las llamadas "picadas").
Fiscalía especializada en siniestros viales
Otra novedad es la incorporación de la figura de "reiterancia" como agravante. Los conductores que cometan una o más infracciones antes de que quede firme una sanción anterior enfrentarán penalidades más severas. La autoridad considerará la proximidad temporal entre las infracciones, su similitud, su gravedad y la predisposición del infractor para adecuar su comportamiento.
Por otra parte, la ley incorpora alternativas con fin pedagógico y restaurativo: trabajo comunitario e "instrucciones especiales" como cursos de seguridad vial o programas terapéuticos.
Para infracciones leves se incorpora a la nueva normativa la figura del apercibimiento, que no implicará sanción económica pero quedará registrado para considerarlo en casos de reincidencia. Transcurrido un plazo determinado sin nuevas faltas, el apercibimiento perderá efectos; caso contrario, se aplicarán las multas previstas.
Los descargos, con más facilidades
Finalmente, algo que era motivo de contínuas quejas de parte de los automovilistas y tiene que ver con el lugar geográfico dónde debían hacerse los descargos. Ahora la Ley de Tránsito prevé una facilidad para quienes cometan infracciones lejos de su domicilio. Los conductores multados a más de 60 kilómetros de su residencia podrán realizar su descargo en la justicia de faltas de su jurisdicción.
Para infractores domiciliados fuera de Córdoba, con la modificación de la ley de Tránsito, se les exige registrar la identidad digital a través de la plataforma "Ciudadano Digital".
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