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Los abogados de Cristina invocaron razones de seguridad, edad y ausencia de riesgo de fuga. Sin embargo, los fiscales Luciani y Mola insistieron en la detención inmediata. La Justicia ya determinó que su residencia es apta para la condena, pero desde sectores oficialistas llegaron a afirmar que la ex mandataria quiere escaparse.
Política13/06/2025Los abogados defensores de Cristina Fernández, Carlos Beraldi y Ary Llernovoy presentaron este viernes ante el Tribunal Federal Oral 2 el pedido formal para que le concedan a la ex presidenta el beneficio de la prisión domiciliaria, por razones de seguridad, de edad y ausencia de riesgo de fuga.
Por lo pronto el tribunal en pleno rechazó el reclamo de los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola, que querían el encarcelamiento inmediato. Todo esto ocurre en medio de presiones de los medios afines al Gobierno y al macrismo para acelerar los plazos y que a CFK se le niegue la prisión domiciliaria que solicitó.
En medio del pedido de la defensa de Fernández, la Justicia determinó que su residencia es un lugar es apto para la pena. De esta forma podría estar en San José 1.111 en Buenos Aires, durante el tiempo que le resta.
Este departamento del barrio Monserrat fue inspeccionado por la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal, que elaboró un informe socioambiental solicitado por el Tribunal Oral Federal 2. Según ese documento, no existiría ningún impedimento para que en ese lugar se cumpla una prisión domiciliaria.
Los abogados de la ex mandataria argumentaron que “durante el tiempo que demande el trámite de resolución de esta incidencia la prisión de Cristina Fernández de Kirchner se efectivice provisoriamente bajo la modalidad” de detención domiciliaria en la vivienda ubicada en San José 1.111, 2° D, en Buenos Aires, donde actualmente reside.
La elección de ese domicilio en particular tiene que ver, “entre otros motivos, en la conveniencia de fijar un domicilio dentro del ámbito de competencia territorial del Tribunal” para “facilitar cualquier medida de contralor que pueda ser ordenada en lo que se refiere al cumplimiento de la pena impuesta”.
Los letrados advirtieron que en caso de que denieguen la solicitud, acudirán ante la Corte Suprema y los organismos internacionales competentes en materia de Derechos Humanos.
En lo jurídico, los abogados argumentaron que la Convención Americana de Derechos Humanos y las denominadas “Reglas de Mandela” asisten el derecho de toda persona privada de su libertad a recibir un trato digno y humanitario.
Por un lado, remarcaron que Cristina Fernández supera los 70 años de edad y recordaron que la ley nacional y la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores presumen "un mayor grado de vulnerabilidad que conduce a que las personas que se encuentran en dicha franja etaria cumplan su condena bajo la modalidad de prisión domiciliaria”.
Al margen del factor de la edad, Beraldi y Llernovoy indicaron que la prisión domiciliaria resulta de “adecuación razonable y necesaria” en este caso por razones de estricta seguridad.
El hecho de haber sido presidenta de la Nación hace que por la propia naturaleza del cargo que desempeñó, Cristina Fernández haya tenido acceso a “información de carácter secreto o bien confidencial” de Estado, por lo que “la custodia de los ex mandatarios constituye una cuestión de interés institucional”.
Por otra parte, recordaron que “durante la sustanciación de la etapa final de la audiencia de debate celebrada en el presente proceso nuestra defendida fue víctima de un intento de homicidio”, que no se consumó “por circunstancias absolutamente fortuitas”.
Al respecto, indicaron que “si bien los autores materiales de la maniobra actualmente están siendo juzgados ante el Tribunal Oral competente”, la Justicia no ha avanzado sobre los “autores intelectuales”, quienes se encuentran “libres” y representan un peligro para la seguridad de Cristina Fernández.
Sobre este punto, señalaron que "una de las personas sospechadas (en alusión a Gerardo Milman, a quien no nombraron) tiene relación directa con quien actualmente se desempeña como titular del Ministerio de Seguridad de la Nación (Patricia Bullrich), en cuya órbita actúa, precisamente, el Servicio Penitenciario Federal".
A su vez, resaltaron que encerrar a Cristina Fernández en una institución carcelaria supondría “dejar sin efecto la custodia que le corresponde” como ex presidenta de la Nación, ya que “no puede cumplir sus funciones dentro de un establecimiento penitenciario”.
“Cabe enfatizar que el personal especializado de la Policía Federal Argentina a cargo de la custodia de los ex presidentes además cuenta con pautas de actuación y obligaciones especiales (protocolos de rutina y deberes de confidencialidad) que no se extienden a otros agentes de la referida institución ni mucho menos a los que integran el Servicio Penitenciario Federal”, precisaron.
Por las razones de seguridad apuntadas, y en particular por por haber sido víctima de un intento de magnicidio, los letrados sugirieron con énfasis dejar de lado “cualquier posibilidad de que la ex Presidenta de la Nación comparta lugares comunes con otros internos y que sea sometida a un sistema de supervisión continua”.
Según apuntaron, tanto la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como la Corte Interamericana de Derechos Humanos “han objetado en forma expresa los regímenes de vigilancia extrema o supervisión permanente, en tanto resultan lesivos con estándares elementales que hacen a la dignidad humana”.
Al respecto, citaron el caso de Milagro Sala, a quien producto de un régimen de vigilancia muy severo se le impidió interactuar con periodistas y se la monitoreaba hasta cuando debía realizar sus necesidades fisiológicas.
En otro orden, los representantes legales de la ex mandataria pidieron que todas las notificaciones personales “sean practicadas por medio de una audiencia virtual”, dado que cada vez que la ex presidenta “debió concurrir a la sede judicial se realizó un especial operativo de seguridad, el cual, en la actual coyuntura, podría requerir aún un mayor despliegue”.
Otro argumento a favor de que le concedan la prisión domiciliaria es la ausencia de riesgo procesal de fuga, toda vez que “durante todo el proceso nuestra representada dio pruebas inequívocas de estar sometida al accionar de la Justicia”.
“Es más, Cristina Fernández de Kirchner cumplió con todas las obligaciones que le fueron impuestas, incluso cuando fue autorizada a viajar al exterior, regresando en tiempo oportuno al país. Para ello siempre pidió la correspondiente autorización judicial, la cual le fue otorgada por este Tribunal también luego de dictar condena en el caso”, mencionaron.
"A tales circunstancias se le suma, como ya fue expuesto, que nuestra asistida, en su condición de ex presidenta de la Nación, cuenta con una custodia permanente a cargo de la Policía Federal Argentina, que sigue durante las veinticuatro horas del día cualquier tipo de desplazamiento que la nombrada pueda hacer fuera de su domicilio. Ello ratifica la absoluta inexistencia de cualquier peligro elusivo, agregaron.
Por último, los letrados hicieron notar que “el uso de tobillera electrónica por parte de nuestra representada deviene completamente innecesario”.
“En el caso que nos convoca, insistimos, ello deviene superfluo, ya que Cristina Fernández de Kirchner cuenta con una custodia permanente, a cargo de una fuerza de seguridad federal. Ello garantiza suficientemente que nuestra asistida no se va a profugar, de una manera mucho más eficiente que una tobillera electrónica, que simplemente sirve para dar aviso del eventual incumplimiento de la detención domiciliaria”, concluyeron.
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