Lesa Humanidad: juzgarán a Otero Álvarez, absuelto en el Juicio de los Magistrados

Este jueves 14 de noviembre, a las 9.30, dará inicio el 15° juicio de lesa humanidad de Córdoba, en el que está imputado el ex secretario penal Carlos Otero Álvarez por 94 hechos. El juicio se desarrollará en los Tribunales Federales II. Para participar, se puede asistir con DNI.

Córdoba04/11/2024Redacción La Nueva MañanaRedacción La Nueva Mañana
Carlos Otero Álvarez (Fiscales.gob.ar vía Enredacción)
Otero Álvarez fue absuelto en 2017, en un fallo que fue apelado en Casación.Foto: Fiscales.gob.ar / Enredacción

Este jueves 14 de noviembre, a las 9.30, dará inicio un nuevo juicio de lesa humanidad en Córdoba, en el que está imputado el ex secretario penal Carlos Otero Álvarez por 94 hechos de abuso de autoridad, incumplimiento de deberes de funcionario público y omisión de dar cuenta ante autoridades competentes

Cabe recordar que en 2017 Otero Álvarez fue absuelto en el “Juicio de los Magistrados”; pero en 2021, la Cámara de Casación anuló su absolución y ordenó un nuevo juicio por falta de fundamentos y parcialidad en la valoración de pruebas.

El juicio se desarrollará en los Tribunales Federales II, ubicados en Crisol 670, a dos cuadras de Plaza España. Para participar, se puede asistir con DNI.

Precisa una nota de Katy García en PrensaRed que éste será el 15° juicio por crímenes de lesa humanidad que se desarrolle en la provincia de Córdoba y recuerda que el año pasado se suspendió el proceso por cuestiones de agenda, tras una audiencia preliminar de las partes.

El citado artículo cita en representación de la Comisión Homenaje UP1 y los querellantes, a Luis Miguel Baronetto, quien sostuvo que a 48 años de los hechos que se juzgarán, esperan que “esta vez se haga justicia”; y considera que el juicio será una oportunidad de “justicia reparadora que, aunque demorada, beneficiará a la sociedad que anhela una convivencia en base a la verdad, la libertad, la solidaridad y la justicia”.

Las audiencias se desarrollarán el 14 y 25 de noviembre, a las 9.30; el 5 de diciembre, a las 14.30; el 18 y 23 de diciembre, a las 9.30; y el 10 y 18 de febrero de 2025, a las 9.30.

El tribunal estará presidido por Facundo Zapiola (TOF 3, Córdoba); los vocales serán Mario Martínez (La Rioja), José Escobar Cello (Santa Fe) y Cristina Giordano (jueza sustituta, TOF 3, Córdoba).

Por el Ministerio Público Fiscal participarán Carlos Gonella (Fiscal General) y Facundo Trotta (Auxiliar), e integrantes de la Unidad de Asistencia para causas por violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado – Córdoba.

Las abogadas de la querella, en representación de las familias Pucheta, Vaca Narvaja y Baronetto, serán Adriana Gentile y Patricia Chalup; y los defensores particulares serán Julio Deheza y Marcelo Brito.

Camino al juicio

Recuerda Katy García que en 2017, el Tribunal presidido por Julián Falcucci, junto a los vocales Camilo Quiroga Uriburu y Jorge Sebastián Gallino, condenó a tres años de prisión al ex juez Miguel Ángel Puga y al ex fiscal Antonio Sebastián Cornejo, y los inhabilitó en forma absoluta por un año. Sin embargo, absolvió al ex secretario penal Carlos Otero Álvarez, arguyendo que había actuado como “un mero fedatario” que no estaba obligado a receptar las denuncias realizadas por numerosas víctimas del terrorismo de Estado.

Dicho fallo fue apelado por los fiscales Carlos Gonella y Facundo Trotta; y también por las abogadas de la querella Adriana Gentile y Patricia Chalup.

Cuatro años después, la Cámara Federal de Casación Penal, conformada por Ana María Figueroa, Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, anuló el punto 9 de la sentencia que determinó la absolución y ordenó un nuevo juicio. Por unanimidad, consideraron que “carece de fundamentos jurídicos suficientes” y “no resulta congruente con el cuadro de prueba agregada a la causa, ni con el derecho de aplicación lo cual conduce a concluir que corresponde su anulación”.

A la vez, señalaron que los jueces de la instancia anterior “llevaron a cabo una valoración parcializada de las pruebas colectadas, omitiendo diversos aspectos esenciales, apartándose “del paradigma de los derechos humanos y de la naturaleza jurídica del derecho penal internacional”.

En esa dirección, la Cámara cuestionó la absolución en estos términos: “La sentencia es el resultado del debido proceso, reprobándose la simulación de enjuiciamientos, cuyo propósito ha sido la vulneración de las normas convencionales sobre derechos humanos, para consagrar la impunidad de los imputados y la vulneración de los derechos de las víctimas que impidan investigar y arribar al derecho a la verdad”.

Fuente: Katy García / PrensaRed

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