Avanza en el Senado la penalización a la sustracción de menores, con agravantes para funcionarios

La comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado logró dictaminar este jueves el proyecto que ya había sido aprobado por unanimidad en el recinto, pero debió regresar a la comisión por divergencias en su articulado.

Política01/08/2024Redacción La Nueva MañanaRedacción La Nueva Mañana
Sesion Senado Ley Bses NA
Foto ilustrativa: NA

La comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado logró dictaminar este jueves el proyecto que tipifica las penalidades en los delitos de sustracción y/o comercialización de menores, una iniciativa que ya había sido aprobada por unanimidad en el recinto, pero que debió regresar a la comisión por divergencias en su articulado.

El proyecto avanzó en medio de la conmoción por la desaparición del niño correntino Loan Danilo Peña, modifica el artículo 139 bis del Código Penal y lleva la pena de 5 a 15 años "al que reciba y a quien entregue ilegítimamente a una persona menor de edad mediando, o no, precio, promesa de retribución o cualquier otro tipo de contraprestación, si no resultare un delito más severamente penado".

Agrega que "será reprimido con la misma pena, si no resultare un delito más severamente penado, quien entregue y/o reciba a una persona menor de edad con fines adoptivos sin haber cumplido con la ley vigente cuando haya mediado o no; precio, promesa de retribución o cualquier otro tipo de contraprestación".

A su vez, el Senado incorporó al Código Penal el artículo 139, que repite la pena con prisión de 5 a 15 años para quien "facilitare, promoviere o de cualquier modo intermediare en la perpetración de los delitos previstos en este capítulo; y suma un agravante para quienes son funcionarios públicos o profesionales y el "delito se cometiere en el ejercicio de su actividad".

"La pena se fijará dentro del tercio superior de la escala penal y, en todas las conductas de este capítulo, se le aplicará la accesoria de inhabilitación especial perpetua, si no resultare un delito más severamente penado", reza el texto.

Para finalizar, se sustituyó el artículo 41 del Código Penal que sostiene que las escalas penales mencionadas podrán "reducirse a las de la tentativa respecto de los partícipes o autores" por una serie de delitos detallados en el mismo artículo.

El consenso para la nueva redacción llegó luego de que fueran citados, antes del receso invernal de la Cámara baja, el presidente de la Cámara Federal Penal, Mariano Borinsky, y especialistas en la temática para limar las diferencias y encauzar la iniciativa de la senadora radical Carolina Losada.

Además de Borinsky, expusieron también el juez Ignacio Mahiques, de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y Faltas, y la Defensora Nacional de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, Marisa Graham.

Fuente: NA

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