Con el aumento del 8,83% y un bono, el haber jubilatorio mínimo de junio será de $276.931,10

La Anses oficializó este martes el aumento del 8,83% en los haberes de jubilados y pensionados, en línea con la inflación de abril. Además, el organismo nacional informó que se abonará un bono de 70.000 pesos para quienes cobran la mínima.

País21/05/2024Redacción La Nueva MañanaRedacción La Nueva Mañana
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Foto: NA

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó este martes el aumento del 8,83% en los haberes mínimos y máximos de junio para jubilados y pensionados, en línea con la inflación de abril, mediante la Resolución 188/2024, publicada en el Boletín Oficial.

El organismo previsional estableció que el haber mínimo garantizado vigente a partir de junio de 2024, será de $206.931,10. En tanto que el haber máximo, a partir del sexto mes del año, será de $1.392.450,38.

Al igual que viene sucediendo en los últimos meses, el Gobierno confirmó que otorgará un bono de $70.000 para jubilados y pensionados que perciben el haber mínimo. De esta manera, la jubilación mínima en junio será de $276.931,10.

En el documento oficial que lleva la firma del titular de ANSES, Mariano de los Heros, también se estableció las bases imponibles mínima y máxima en $69.694,36 y $2.265.033,81, respectivamente, a partir del período devengado junio de 2024.

Al mismo tiempo, el organismo determinó que el importe de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicable a partir del próximo mes, será de $94.661,54. Mientras que el importe de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) se fijó en la suma de $165.544,88.

El nuevo esquema previsional impulsado por el Gobierno entrará en vigencia oficialmente desde julio y tendrá como base el ajuste mensual en base a la inflación del segundo mes previo al del haber respectivo, por lo que en el séptimo mes del año será con el índice de mayo.

Mientras tanto, en los meses previos, se otorgan adelantos. Así se explicó en los considerandos del texto oficial señalando que "a los fines de la transición, para la determinación de la movilidad correspondiente al mes de junio de 2024, resultará aplicable la fórmula vigente a la fecha de dictado del Decreto N° 274/24″.

Al respecto, detalló que "siguiendo los lineamientos del citado decreto, para el mes de abril de 2024 se efectivizó un incremento extraordinario equivalente al 12,5% sobre los haberes prestacionales correspondientes al mes de marzo de 2024; y un adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio de 2024, habiendo sido en su conjunto de 27.40%. En tanto para el mes de mayo de 2024, el adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio del mismo año, fue 11,01%".

En este marco, se determinó que para junio corresponde un incremento del 8,83%, "considerando solo la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente a abril de 2024, aplicado como adelanto en el mes de junio de 2024″, según precisó la normativa.

Fuente: NA

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