
Informe: la mitad de los profesionales cordobeses tienen más de un trabajo
Redacción La NUEVA Mañana
Condiciones de empleo y modalidades de contratación precarias, bajos ingresos, sobreocupación horaria, pluriempleo e inestabilidad laboral, son algunos de los signos que generan profundas desigualdades en el mercado laboral cordobés. Así lo confirman los nuevos resultados de la encuesta realizada en diciembre de 2020, a más de 2.800 profesionales, por la Federación de Profesionales de Córdoba (Fepuc), la Facultad de Ciencias Sociales (FCS-UNC) y la Asociación de los Docentes e Investigadores Universitarios de Córdoba (Adiuc).
“El concepto de precariedad se refiere a un conjunto amplio de condiciones laborales. Evaluar qué formas adopta la precariedad en el sector profesional de la provincia de Córdoba, sean estos profesionales asalariados y/o independientes, ha sido nuestro principal desafío en este análisis”, afirmaron las entidades.
De las ocho alertas de precariedad, aclaran que las siete primeras están vinculadas a condiciones laborales que se aplican a “profesionales que trabajan en relación o vínculo con algún empleador” (73% de los encuestados). Mientras que la octava alerta se relaciona con el universo definido como “profesionales independientes” que facturan por todos los trabajos que realizan (27% de encuestados).
Cabe señalar que las dimensiones combinadas que definen la precariedad laboral son: trabajo informal (sin recibo de sueldo ni factura); nivel de ingresos dentro de los más bajos (por debajo del 20% de los ingresos más bajos del sector); sobreocupación horaria como jornadas de más de 9 horas diarias de trabajo en promedio; cantidad de ocupaciones (pluriempleo; dos o más ocupaciones; trabajo bajo contrato/locación de servicios/beca/pasantía).
El 81% de los y las profesionales de este grupo sufre al menos una de las condiciones desfavorables asociadas a la precariedad laboral. El 11% de estos y estas profesionales tienen altos niveles de precarización, ya que conviven con tres o más condiciones desfavorables en su vida laboral. En este punto de máxima precariedad las mujeres se ven más afectadas que los hombres.
La mitad de los y las profesionales que trabajan con “Relación de dependencia” gana menos de $70.000, mientras que la mitad de los que trabajan con “Locación de servicio” gana menos de $54.000.
Por otro lado, el estudio señala que el 37% de las/los profesionales trabaja más de 10 horas. Es decir, deben recurrir a superar la jornada de trabajo de 8 horas -principal lucha del 1° de mayo de 1886- para lograr un ingreso que pretenda cubrir sus gastos.
La sobreocupación horaria como fenómeno afecta proporcionalmente más a los varones (en el 61% de los casos) que a las mujeres (en el 50% de los casos). Resulta que en las profesionales, la sobreocupación tiene otras características, el tiempo dedicado combina trabajo remunerado y trabajo no remunerado. A esto se lo denomina “doble jornada de trabajo o doble carga laboral invisible”, que conlleva una mayor sobrecarga con un menor ingreso.
“Más de la mitad de las y los encuestados deben recurrir al pluriempleo para cumplimentar sus ingresos. Es decir, combinan más de una actividad laboral. Siendo una de las prácticas más frecuentes en profesionales que combinan docencia universitaria con otra actividad. Seis de cada 10 varones profesionales declara más de un empleo, contra cinco de cada 10 en el caso de las mujeres”, señala la encuesta.
En este punto, es importante destacar la situación de la docencia universitaria, población en la que se focalizó una parte del estudio (representa al 23% de las y los profesionales encuestados). En relación a la carga laboral de las y los docentes e investigadores e investigadoras, solo 20% de los mismos definió dicha ocupación como la única a la que dedica todo su tiempo de trabajo. El resto indicó que desarrolla tareas en otras ocupaciones complementarias.
Por otro lado, el 17% de las y los profesionales cordobeses trabaja bajo modalidades de contrato de locación, beca o pasantía. La inestabilidad laboral afecta en mayor medida a las mujeres. Es de destacar que, en promedio, uno de cada tres profesionales que trabaja en el Estado provincial o los Estados municipales lo hacen bajo condiciones de inestabilidad.
Por otro lado, en relación al promedio de horas remuneradas, las mujeres trabajan un 7% menos que los hombres, pero también trabajan un 33% más de horas no remuneradas, en tareas del hogar y de cuidado. Este trabajo doméstico y de cuidado no está regulado, no cuenta con una jornada de trabajo ni beneficios y seguridad social, sin embargo, requiere de múltiples habilidades y competencias que se aprenden y ponen en juego posibilitando la reproducción de la sociedad, del Estado y del mercado.
La distribución de las tareas de cuidado entre los hogares con convivientes perjudica a las mujeres. Si bien el 60% de los hogares distribuyen estas tareas de manera equitativa entre la pareja conviviente o entre todos los miembros de la familia, en el 21% de los hogares dichas tareas son realizadas por las mujeres (y solo en el 3% están a cargo de un varón).
Pero no es lo mismo compartir entre hombres y mujeres el trabajo doméstico que el trabajo de cuidado de personas, ya sea de infancias o adultos mayores o enfermedades, aquí siempre son más las mujeres las que los cubren. "Hemos comprobado que el volumen, tiempo y diversidad de trabajo invisible está presente en las condiciones laborales de las profesionales, constituyendo una categoría central para la comprensión de las desigualdades de género", señala el estudio.
La sobreocupación horaria afecta a uno de cada tres profesionales “independientes”. Los bajos ingresos son la principal alerta para el sector.
El 89% de estos profesionales son monotributistas. Y entre éstos, sólo un 22% está en las categorías más altas (“F”; “G”; “H”). La mitad de estos/as profesionales gana menos de $50.000. Y las mujeres un 25% menos que los hombres.
La presidenta de Fepuc, Nora Vilches, sostuvo que “este grupo de profesionales son los que están más alejados de los derechos y garantías que ofrece la legislación laboral y de la propia Constitución Nacional (artículo 14 bis), más aún a partir de la supresión del orden público de los honorarios profesionales, plasmado en el art. 109 de la Ley Provincial Nº 8836.
“Tanto la jurisprudencia en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, como el propio Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba, han reconocido el carácter alimentario que tiene el honorario de un/una profesional independiente”. Y agregó: “Es por esto que resulta imperioso restablecer el orden público de los honorarios profesionales en todas las disciplinas, no sólo por el legítimo interés del numeroso sector social que conforman, sino también para beneficio de toda la sociedad”.
El informe completo:
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