
El 1 de abril entra en vigencia la Factura de Crédito Electrónico



Desde el 1° de abril, las MiPYMEs podrán endosar, ceder y descontar la Factura de Crédito Electrónica (FCE) desde Home Banking, según informó este domingo la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
En un comunicado, la AFIP señaló que "esta modalidad, amplía fuentes de financiamiento para las pequeñas firmas y para poner en funcionamiento esta nueva modalidad, se incorporó en los servicios web las disposiciones necesarias para realizar las operaciones".
La herramienta que comenzará a funcionar en los próximos días es el resultado de un trabajo conjunto entre la AFIP, el Banco Central y la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores del Ministerio de Desarrollo Productivo.
"Las MiPyMEs adheridas que emitan sus Factura de Crédito Electrónica (FCE) deberán tener actualizados sus desarrollos para optar por el nuevo Sistema de Circulación Abierta o por el de Agente de Depósito Colectivo al momento de efectuar la solicitud de autorización electrónica del comprobante", remarcó el organismos fiscal.
En el sitio https://servicioscf.afip.gob.ar/facturadecreditoelectronica/default.asp se encuentran los manuales de usuario para que los desarrolladores adapten el sistema e incorporen la posibilidad de hacerlo a través del Home Banking.
La AFIP sostuvo que "con una operatoria similar a la del Cheque Electrónico (ECHEQ), el Sistema de Circulación Abierta de la FCE que entra ahora en vigencia permite que las MiPyMEs proveedoras de Grandes Empresas puedan ampliar sus fuentes de financiamiento anticipado así como también mejora la certeza de cobro, ya que la falta de pago al vencimiento de las facturas se verá reflejada en la Central de Deudores del Banco Central".
Al momento de la emisión de la factura y para el caso que esta no fuera cancelada en el plazo de 30 días actualmente vigente, se puede optar por enviar la FCE a un Agente de Depósito Colectivo (mercado de valores). Ahora se suma el Sistema de Circulación Abierta a través de entidades bancarias.
Esta última opción posibilitará, entre otras funciones, su circulación extrabursátil, negociación, transmisión, cancelación mediante compensación interbancaria, y el registro de su cancelación luego de su aceptación (tácita o expresa) y antes de su vencimiento.
Adicionalmente, en caso de que alguna FCE resulte impaga se podrán celebrar acuerdos de pago extrajudiciales en el sistema, o bien, solicitar la emisión de un comprobante para ejercer acciones legales. El comportamiento de pago de las empresas deudoras será informado a una Central de Deudores de FCE impagas al vencimiento que administrará el Banco Central.
La medida busca incrementar y facilitar el acceso a esta herramienta a través de una operatoria más sencilla y afín a la práctica diaria de las MiPyMEs.
Fuente: Télam


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