
Reestructuración de la deuda: el Gobierno presentó la propuesta ante la SEC



El Gobierno presentó este lunes ante la Comisión de Valores de los Estados Unidos (SEC, según su sigla en inglés) la nueva oferta acordada con los acreedores el 4 de agosto último, en el marco del proceso de reestructuración de deuda, por u$s 66.137 millones.
El Ministerio de Economía anunció “los términos y condiciones mejorados de su invitación a ciertos tenedores de sus bonos externos en moneda extranjera para canjear dichos instrumentos por nuevos títulos a ser emitidos por la Argentina”.
“Argentina revisó los términos y condiciones de la Invitación (inicial del 21 de abril último) principalmente para establecer las fechas de pago de capital e interés sobre los nuevos bonos en el 9 de enero y el 9 de julio en lugar del 4 de marzo y el 4 de setiembre de cada año pertinente”, indicó Economía a través de un comunicado.
El mismo indicó que la revisión también se hizo para “enmendar las fechas de pago de capital de los nuevos bonos a ser entregados como compensación por intereses devengados y como compensación por consentimiento adicional, que comenzarán a amortizar en enero de 2025 y vencerán en julio de 2029”.
Del mismo modo se modificaron las fechas para los nuevos títulos en dólares y en euro con vencimiento en 2030, que comenzarán a amortizar en julio de 2024 y vencerán en julio de 2030, donde la primera cuota tendrá un monto equivalente a la mitad de cada cuota restante.
Lo mismo se cambió para los nuevos papeles en dólares y euros con vencimiento en 2038, que comenzarán a amortizar en julio de 2027 y vencerán en enero de 2038.
La revisión también enmendó “el tipo de cambio a €1 equivalente a u$s 1,1855 y un franco suizo equivalente a u$s 1,0988 y € 0,9269, a los efectos de determinar el monto de capital de los nuevos títulos denominados en dólares a ser recibidos por cada tenedor de bonos elegibles denominados en euros y francos suizos”.
La propuesta varió “las disposiciones de modificación de los nuevos bonos para ampliar la lista de modificaciones de asunto reservado y especificar las circunstancias futuras bajo las que la Argentina puede reasignar las series de los títulos de deuda afectados por una modificación de asunto reservado, o, si corresponde, llevar a cabo una modificación uniformemente aplicable luego de una modificación entre series con una votación en dos niveles o una oferta de canje de reestructuración”.
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