
Cambiemos pedirá renegociar contrato con Aguas Cordobesas



Por Gastón Gracia Daponte - Especial La Nueva Mañana
El interbloque de Cambiemos en la Unicameral pedirá, tras las elecciones, que el Gobierno provincial modifique las condiciones en el contrato con la empresa Aguas Cordobesas, del grupo Roggio, al detectar una serie de supuestas irregularidades en perjuicio del propio Estado primero y de los usuarios después.
Lo hará a través de un proyecto de ley, de autoría del legislador Juan Pablo Quinteros, del bloque del Frente Cívico, que declara la necesidad de la renegociación del contrato celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba y la empresa Aguas Cordobesas S.A., que concesiona el servicio público de agua potable de la ciudad de Córdoba, de acuerdo a las leyes 9279 y 9339.
Precisamente estas dos leyes fueron las modificaciones que se le realizaron a la concesión que otorgó Ramón Bautista Mestre durante su gobernación que tuvo un largo proceso, desde el anuncio hasta la concreción, debiendo pasar por largas instancias judiciales con una denuncia penal e imputaciones a los integrantes de la comisión interministerial, que luego de analizar las propuestas de los oferentes, el 28 de marzo de 1995 calificó en primer lugar a Aguas Cordobesas.
Desde la primera declaración, a cargo del exgobernador Eduardo César Angeloz, de la incompetencia o la inconveniencia del Estado para llevar adelante el servicio público más esencial, pasando por la entrega del abastecimiento y suministro de agua en manos de Ramón Bautista Mestre, hasta la última modificación leonina que se le realizó al contrato bajo el segundo mandato de José Manuel de la Sota, el servicio mejoró, pero a costa del Estado y en beneficio de millonarias ganancias de capitales privados que terminaron, después de muchas idas y vueltas, en uno de los tantos tentáculos del Grupo Roggio.
Un canon anual que nunca se pagó
Aguas Cordobesas obtiene anualmente redituables ganancias, entre varias razones, porque nunca pagó el canon anual que corresponde por la explotación de un bien esencial como el agua, siendo una supuesta retribución económica para el Estado, la única razón que justifica el paso a manos privadas del servicio, pero ni siquiera eso obtiene Córdoba de un negocio millonario.
Para que esto ocurriera se cambiaron las cláusulas incluidas en los anexos del contrato de concesión mediante la ley n° 9339, modificando el acuerdo suscripto el 21 de abril de 1997 (convenio n 9/97), ratificado años más tarde en la Legislatura provincial a través de la sanción de la ley 9279, el 28 de diciembre de 2005, Día de los Inocentes, no por casualidad sino por estrategia. Hacerlo en fechas como éstas, es una vieja, pero siempre vigente, estrategia de gambetear responsabilidades y eludir cuestionamientos.
El contrato habilita a considerar en su estructura de costos nuevos elementos como lo son el canon por uso de la concesión, por uso del recurso hídrico y por el transporte de agua cruda y, por consiguiente, habilita a la empresa a solicitar que se trasladen a tarifas, aunque claro, también establece que la Provincia podría optar por subsidiar esos mayores costos. De acuerdo a la ley vigente, Aguas Cordobesas debería pagar en forma anual un importe en concepto de derecho de uso de la concesión de $ 160 millones que tienen ser abonados en cuotas mensuales (por mes calendario vencido), iguales y consecutivas. Además, cada vez que se realicen redeterminaciones de valores tarifarios, precios, cargos y penalidades se debería corregir también el monto de canon fijado según un coeficiente regulatorio resultante. También establece que se devengará el canon por el uso del recurso hídrico, fijado en diecinueve milésimas de pesos ($ 0,019s/m3) por metro cúbico de agua cruda derivada de todas las tomas y pozos y que además, por el transporte de agua cruda procedente del dique Los Molinos se devengarán setenta y siete diezmilésimas de pesos ($ 0,0077) por metro cúbico recibido en la toma de la planta potabilizadora de Bouwer.
Estos son los importes que deberían abonarse en forma mensual, a más tardar el día 5 del mes inmediato siguiente al del vencimiento y se corregirían, en su caso, de acuerdo a los estudios y procedimientos que efectúe la Dipas. Pero en lugar de pagarle el canon al Estado por el uso y el transporte, Aguas Cordobesas puede optar por destinar estos fondos a financiar obras de infraestructura tales como renovación y/o rehabilitación de redes secundarias, sus accesorios y elementos complementarios.
La tarifa como chivo expiatorio
En tal sentido, la Provincia determinó en la renegociación del contrato en 2005 que para disminuir el impacto de las tarifas y para recomponer “la ecuación económica-financiera del contrato” de Aguas Cordobesas se dejaba sin efecto el pago y la obligación del canon desde el 1º de enero de 2006 hasta el 31 de diciembre de 2007 y luego se suspendió hasta el 28 de febrero de 2013. Hasta hoy Aguas Cordobesas, nunca pagó nada por explotar el agua. En teoría a partir de enero de 2008 la empresa debía afrontar el pago de $9,922 millones anuales más el coeficiente regulatorio resultante –equivalentes hoy a $160 millones anuales-, pero como la Provincia por contrato debía y debe disponer las medidas para mantener la ecuación económica financiera de la empresa, si se producía o se produce este pago, Aguas Cordobesas lo trasladaría inmediatamente a la tarifa, con la excusa de mantener esa tórrida ecuación económica. De esta forma, la Provincia cuenta con otro argumento para que Aguas Cordobesas no pague por explotar el suministro de agua potable.
El canon es una cont raprestación dineraria por el uso especial de un bien que pertenece a toda la sociedad, no a una empresa, por eso el canon tiene carácter autónomo y Aguas Cordobesas debiera pagarlo porque constituye una renta proveniente de la explotación de uno de los bienes naturales más preciados, para que esa explotación comercial le deje beneficios a sus propietarios y no solo a la empresa privada. Para evitar el pago la empresa utiliza el eufemismo de hablar de “herramienta que le quita onerosidad al impacto tarifario”.
En este sentido, el legislador Quinteros sostuvo en diálogo con La Nueva Mañana que “no solamente que esta empresa ha incumplido con el pago del canon por la concesión del servicio, sino que a su vez el Gobierno cordobés la ha premiado por ello condonándole gran parte de la deuda y autorizando el incremento de tarifas domiciliarias. El Gobierno ha subsidiado a la empresa privada incumplidora para asegurarle cuantiosas ganancias”.
El papel del Ersep
Para que Aguas Cordobesas pueda pedir aumento de tarifas cada seis meses como lo estipula el contrato, debe elevar el pedido al Ente Regulador de los Servicios Públicos (Ersep), con el aval de un “Auditor Técnico Regulatorio”.
Para este fin, Aguas Cordobesas tiene contratada a la empresa Ceti S.A, cuyo máximo responsable, su director, Roberto Chama, fue antes por decreto el representante del Gobierno provincial para encarar la renegociación del contrato con la nueva concesionaria; es decir que quien se encargó de fijar las pautas del contrato es ahora quien controla y justifica los pedidos de aumentos tarifarios de la empresa.
Medidores, a cuenta del usuario y ¿para ahorrar agua?
Así, cuando en 2009 la Provincia intimó a Aguas Cordobesas para que realizara la colocación de los medidores para controlar el consumo y fomentar el ahorro, después de muchas idas y venidas sobre si la empresa o la Provincia debía afrontar el gasto por estas obras, el Ersep autorizó por resolución la creación de un cargo fijo en todas las facturas para que los usuarios sean los que la financien; es decir todos los usuarios de agua de la ciudad volvemos a cuidar por orden del Estado las ganancias de una empresa privada.
Además, la empresa perteneciente al Grupo Roggio contrató para la colocación de estos medidores a Cclip S.A., perteneciente al mismo grupo, o sea una autocontratación, que si bien no está prohibida porque pertenece al ámbito privado, el Estado podría impedirla porque las ganancias benefician al mismo grupo que suministra el agua.
Los medidores, en teoría, son para fomentar el uso racional del agua, pero el actual contrato de concesión, en el Anexo A “Modificaciones Régimen Tarifario” de la renegociación del contrato del año 2006, establece una base libre de 25 m3, la cual supera al uso del 70% de los usuarios residenciales y comerciales, con un costo presuntivo como si el usuario no estuviera medido, adicionando al costo los m3 excedentes.
Por lo tanto, no hay incentivo alguno al ahorro del usuario, ni a poseer medidor domiciliario, ya que la correcta utilización del recurso lo hará pagar el mismo cargo que pagaría si no tuviera medidor. En este último caso el cargo variable pasará a ser un parámetro fijo que se determinará para cada usuario. Aguas Cordobesas determina este valor por el tamaño en metros cuadrados del hogar generando un impuesto a los bienes, al utilizar medidas del inmueble para el cálculo, en lugar del consumo realizado.
Dentro de todos estos temas que plantea el proyecto de ley que impulsará políticamente Cambiemos para renegociarlos, hay un dato llamativo para ser reconsiderado y que dejaría un gran precedente para los usuarios de todos los servicios: Los Cargos Especiales. Estos cobros que han naturalizado todas las empresas como los cargos por conexión, desconexión e inspección, no deberían generar una ganancia sino representar exactamente el costo mínimo al que se podría incurrir, más cuando se trata de apretar una tecla e imprimir una intimación, por ejemplo.
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