
Impulsan dos iniciativas para prevenir delitos sexuales a menores



Recientemente se conoció un nuevo caso de presunto abuso sexual en un jardín de un colegio de la ciudad de Córdoba, lo que reavivó preguntas en la sociedad sobre cómo prevenir este tipo de delitos y resguardar la integridad de los niños. La legisladora provincial Liliana Montero (Córdoba Podemos) impulsa dos iniciativas para abordar la temática.
Inicialmente, propone la modificación de la ley 9680, denominada “Programa de Identificación, seguimiento y control de delincuentes sexuales y de prevención de delitos contra la integridad sexual”. A su vez, impulsa el proyecto de ley 20798 para establecer la obligatoriedad de todas las personas que estén en contacto con niñas, niños y adolescentes bajo tutela estatal presenten de manera periódica un apto psicológico.
En una primera instancia, la modificación apunta a la prohibición absoluta y automática en toda entidad donde hubiese niños involucrados a quienes estén inscritos en el "Registro Provincial de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual". El mismo deberá renovarse cada tres años.
Asimismo, toda persona que quiera vincularse a entidades, instituciones, organizaciones, fundaciones, empresas y todo servicio vinculado con menores, deberá acompañar su solicitud con un certificado expedido dicho registro. Además, solicita que dentro de los seis meses de sancionada la Ley, todas las instituciones y sus trabajadores (empleados, voluntarios, propietarios, etc), deberán actualizar los certificados.
El proyecto de ley que impulsa contempla la obligación de que todas las personas que estén en contacto con niñas, niños y adolescentes bajo tutela estatal presenten de manera periódica un apto psicológico. Así, se pretende que el Estado provincial controle quiénes son los adultos que cuidan a los niños que están alejados de su red familiar, sea por situaciones de vulnerabilidad como por conflictos por la ley penal.
En resumen, el proyecto establece la presentación periódica de aptos psicológicos, certificado de buena conducta nacional y el certificado previsto en el inciso 28 de la ley 9680 (conocido como "Registro de Violadores") para todas las personas que se desempeñen en organizaciones, gubernamentales o no gubernamentales, que desarrollen programas o servicios de promoción, tratamiento, protección y defensa de los derechos de las niñas, niños y adolescentes bajo tutela, custodia y/o responsabilidad estatal.
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