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Habilita a transitar por todo el país a aquellas personas que estén exceptuadas del artículo 6 del Decreto Presidencial 297/20, informó este domingo el Ministerio del Interior.
País30/03/2020El Gobierno nacional puso en marcha desde este domingo el "Certificado Único Habilitante para Circulación" que habilita a transitar por todo el país a aquellas personas que estén exceptuadas del artículo 6 del Decreto Presidencial 297/20, informó el Ministerio del Interior.
“Después del decreto que fijó el aislamiento social preventivo era necesario tener un sistema unificado y con criterio único para emisión de autorizaciones de circulación en todo el país", indicó el ministro del Interior, Eduardo “Wado” de Pedro.
De esta manera, a través del Ministerio del Interior, el Gobierno nacional puso en marcha el “Certificado Único Habilitante para Circulación" (CUHC), en el marco de la emergencia por la pandemia del coronavirus. Se trata de un permiso para circular durante la cuarentena.
Desde la cartera de Interior informaron que “tendrá carácter de declaración jurada para los aplicantes por lo que, el eventual falseamiento de datos dará lugar a sanciones que resulten aplicables según la normativa vigente”.
A través de esta herramienta, podrán circular los ciudadanos alcanzados en las excepciones previstas por el artículo 6° del Decreto Presidencial 297/20.
Este certificado se valida a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD), ingresando a la página web https://tramitesadistancia.gob.ar/, y será exhibido a requerimiento de la autoridad competente al momento de circular por la vía pública, junto con el Documento Nacional de Identidad.
Quedarán exceptuados de la obligación de tramitar el CUHC aquellas personas que deban desplazarse por razones de fuerza mayor, por lo que en este caso deberán acreditar la excepción al “aislamiento social, preventivo y obligatorio” con documentación fehaciente que compruebe los motivos de su circulación por la vía pública.
Quiénes pueden tramitar el "Certificado Único Habilitante para Circulación"
El artículo 6 del decreto detalla quiénes quedan exceptuados del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio:
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