Oficializan a Félix Crous al frente de la Oficina Anticorrupción

Crous es uno de los miembros fundadores de la organización Justicia Legítima y ahora fijará políticas de transparencia en el Gobierno.

País 09/01/2020 Redacción La NUEVA Mañana Redacción La NUEVA Mañana
Félix Crous Anticorrupción
Crous era titular de la Procuraduría de Violencia Institucional, fue desplazado durante la gestión de Macri. Foto: Twitter.

El presidente Alberto Fernández designó este jueves a Félix Crous como titular de la Oficina Anticorrupción, por lo que tendrá a su cargo el área encargada de fijar políticas de transparencia en el Gobierno.

 A través del Decreto 44/2020, publicado este jueves en el Boletín Oficial, el mandatario puso en funciones al extitular de la Procuraduría de Violencia Institucional (Procuvin), quien fuera desplazado de su cargo durante la gestión de Mauricio Macri.

La designación de Crous ya había sido anunciada por el jefe de Estado en diciembre pasado, luego de una larga reunión que había mantenido con el flamante funcionario nacional. El actual titular de la Oficina Anticorrupción es uno de los miembros fundadores de la organización Justicia Legítima, que había destacado la decisión de Alberto Fernández de sumarlo al Gobierno.

"Su trayectoria y formación aseguran que ese organismo estará ahora a cargo de un servidor público que cuenta con la idoneidad profesional y ética necesarias para desempeñar con imparcialidad el cargo en un organismo de control. No dudamos que con su desempeño la OA volverá a tener los estándares de seriedad, eficacia e independencia que en su momento supo imprimirle su primer responsable, José Massoni, también integrante fundador de nuestra asociación", manifestó la entidad.

La Oficina Anticorrupción es el "organismo encargado de velar por la prevención e investigación de aquellas conductas que dentro del ámbito fijado por esta reglamentación se consideren comprendidas en la Convención Interamericana contra la Corrupción", establece el Decreto 102/99, que la creó.

La norma añade: "Su ámbito de aplicación comprende a la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada, empresas, sociedades y todo otro ente público o privado con participación del Estado o que tenga como principal fuente de recursos el aporte estatal".

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