
El Gobierno postergó el pago de la deuda hasta agosto de 2020
Redacción La NUEVA Mañana


El Gobierno oficializó este viernes a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) la postergación de vencimientos de deuda por unos 9.000 millones de dólares emitida bajo legislación nacional en el anterior gobierno
El DNU publicado en el Boletín Oficial lleva la firma del presidente Alberto Fernández y del pleno de sus ministros.
La decisión entró en vigencia esta misma jornada, por lo que el Estado nacional no abonará los vencimientos por 67 millones de dólares que debía afrontar hoy y tampoco los 300 millones que estaban programados para el lunes que viene.
En el artículo primero, el decreto dice que las obligaciones de pago de amortizaciones correspondientes a doce Letras del Tesoro en Dólares Estadounidenses (Letes) serán postergadas en su totalidad al día 31 de agosto de 2020.
La postergación no alcanzará a los títulos que hayan sido adquiridos por personas humanas o por la administración pública no financiera de las provincias o de la Capital Federal, comprendiendo a estos efectos su organismos descentralizados, fondos fiduciarios, cuentas especiales e instituciones de la Seguridad Social.
Esas excepciones fueron contempladas para no afectar el patrimonio de las personas humanas y tampoco a las provincias y municipios, muchos de los cuales necesitan cobrar los vencimientos para poder pagar salarios y a proveedores.
El Gobierno tomó la decisión de patear pagos para adelante en el marco de la emergencia económica elevada a consideración del Congreso y bajo la idea de "asegurar la sostenibilidad de la deuda pública, que deberá ser compatible con la recuperación de la economía productiva y con la mejora de los indicadores sociales básicos".
Con la postergación de pagos, el Gobierno de Fernández dejó sin efecto el cronograma de pagos establecido en el artículo 2° de la Resolución Conjunta N° 61/19 de las secretarías de Financias y Hacienda durante la gestión de Mauricio Macri.
Los papeles cuyos vencimientos serán postergados están identificados en la jerga financiera como U30G9, U13S9, U27S9, U11O9, U25O9, U15N9, U29N9, U20D9, U17E0, U31E0, U14F0 y U28F0, según señala el decreto presidencial.
Fuente: Noticias Argentinas
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