Declaran culpable al médico que se negó a hacer un aborto no punible

Así lo dictaminó la Justicia de Cipolletti. Leandro Rodríguez Lastra fue denunciado por no interrumpir el embarazo de una joven de 19 años víctima de violación.

País 21/05/2019 Redacción La NUEVA Mañana Redacción La NUEVA Mañana
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Leandro Rodríguez Lastra fue declarado culpable del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. Foto: Facebook.

El ginecólogo de Cipolletti Leandro Rodríguez Lastra fue declarado culpable del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. Está acusado de obstruir un aborto no punible a una joven de 19 años víctima de violación.

El juez, Álvaro Meynet, dio a conocer su veredicto y en los próximos días informará la pena que puede ser de hasta 2 años de prisión en suspenso e inhabilitación para ejercer la medicina.

En abril de 2017, una joven de 19 años con un embarazo no deseado llegó derivada desde otro centro de salud a la guardia del hospital Pedro Moguillansky de la ciudad de Cipoletti, Río Negro, con fuertes dolores tras haber ingerido una droga abortiva proporcionada por una ONG. Allí se constató que llevaba 22 semanas y media de gestación, de acuerdo a lo que dijo al ingresar, con un embarazo producto de una violación intrafamiliar.

Rodríguez Lastra (MPRN 6818) fue quien la atendió y tras revisarla se negó a practicarle un aborto porque, argumentó, había riesgo para la madre y el feto en gestación. El embarazo siguió adelante en lo dos meses que permaneció internada allí, el bebé nació y fue dado en adopción. Ella sufrió un daño irreparable en su psiquis que la llevó a cuadros graves de anorexia nerviosa e intentos de suicidio.

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Leandro Rodríguez Lastra está acusado de obstruir un aborto no punible a una joven de 19 años víctima de violación. Foto: gentileza LMCipolletti.

Tiempo después, la diputada provincial Marta Milesi (Juntos Somos Río Negro), médica pediatra y autora de la ley N° 4796 de aborto no punible en la provincia de Río Negro, lo denunció por "incumplimiento de deberes de funcionario público", delito penado en el Artículo 248 del Código Penal, por no haber acatado el Protocolo de aborto no punible en casos de abuso.

Dos años después del hecho, la causa contra el tocoginecólogo de 42 años, egresado de la UBA, oriundo de Lomas de Zamora e instalado en Cipolletti desde mediados del 2016, llegó a juicio y este martes se conoció el veredicto del tribunal unipersonal integrado por el juez Alvaro Meynet.

El juicio inició el 13 de mayo pasado y tuvo tres audiencias testimoniales y una de alegatos. El propio ginecólogo abrió y cerró el debate con sus palabras, mientras que la víctima declaró como testigo en la primera audiencia y a puertas cerradas, de acuerdo a lo publicado por La Mañana de Cipolletti.

El Ministerio Público Fiscal estuvo presidido por Santiago Márquez Gauna y Anabela Camporesi, quienes afirmaron en su acusación que “el ginecólogo hizo todo lo posible para no hacer la ILE pese a que en ese entonces no era objetor de conciencia”, por lo que lo definieron como un obstructor.

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