Córdoba Por: Consuelo Cabral 17/09/2018

Cinco miradas sobre la traba judicial contra el aborto no punible en Córdoba

La Nueva Mañana recabó distintas opiniones sobre el caso de una niña cordobesa abusada, de 11 años, que pudo abortar pero en un hospital de jurisdicción nacional.

La sociedad cordobesa espera que el Poder Judicial defina la vigencia de un amparo que frena la aplicación del protocolo para abortos no punibles.


El caso de una niña de 11 años, que vive en Traslasierra, y que tras ser violada quedó embarazada, puso de manifiesto las trabas que existen en Córdoba para que, ante este tipo de hechos, sea posible acceder a un aborto legal en un hospital provincial.

Tras sentir un dolor abdominal fuerte y acudir al Hospital de Villa Dolores en compañía de su mamá, la nena y su familia se enteraron que estaba embarazada de 10 semanas. Inmediatamente la madre pidió permiso para que su hija pudiera abortar. Primero lo hizo en la fiscalía a cargo de Sergio Cuello, la cual no tiene competencia para autorizar el procedimiento, pero ante lo aberrante del caso, actúo deteniendo al sospechoso y ordenando que tras la cirugía se guarde el embrión como prueba del abuso sexual. Luego la mujer acudió al Ministerio Público Fiscal, el cual finalmente autorizó el procedimiento de su hija.

Sin embargo, a pesar del permiso del organismo nacional y de la disponibilidad del equipo médico del Hospital de Villa Dolores para realizar la intervención, la Provincia no permitió que la nena abortara allí y debió viajar 200 kilómetros para finalmente hacerlo en la Maternidad Nacional.

Pero el caso de X no es el primero ni el último de su tipo. La diferencia con los anteriores tal vez radique justamente en que esos 200 kilómetros pusieron de manifiesto la imposibilidad del Gobierno de la Provincia de aplicar la “Guía de procedimientos para la atención de pacientes que soliciten prácticas de aborto no punible”. La misma, elaborada en 2012 por el Ministerio de Salud de Córdoba tras el fallo F.A.L. de la Corte Suprema de Justicia –que establece que es innecesaria la autorización judicial para acceder a dicha práctica en casos de violación o impedimento- se encuentra judicializada. A 12 días de su creación, la Asociación Civil El Portal de Belén interpuso un recurso de amparo argumentando “inconstitucionalidad”, lo que entre idas y vueltas judiciales impide su aplicación desde hace seis años.

La imposibilidad del Gobierno de la Provincia de aplicar la “Guía de procedimientos para la atención de pacientes que soliciten prácticas de aborto no punible” radica en que se encuentra judicializada. A 12 días de su creación, la Asociación Civil El Portal de Belén interpuso un recurso de amparo argumentando “inconstitucionalidad”.

En 2014, la Provincia y la Asociación Mujeres por el Derecho a Decidir recurrieron la sentencia de la Cámara de Apelaciones, y el expediente ingresó el 10 de marzo de 2014 al Tribunal Superior de Justicia (TSJ). Tras la presentación de numerosos Amicus Curiae, a comienzos de este año el TSJ anunció que se pronunciaría finalmente sobre la aplicación de la Guía que permite practicar abortos no punibles en los hospitales públicos cuando exista riesgo de vida para la madre o cuando el embarazo haya sido precedido por una violación. Sin embargo, la ONG interpuso otro recurso de amparo cuestionando la integración del TSJ, lo que llevó a que la resolución sea nuevamente postergada.

En ese marco, La Nueva Mañana recabó las opiniones de distintos actores como el ministro de Salud, Francisco Fortuna; la legisladora del PTS por el Frente de Izquierda, Laura Vilches; el presidente de El Portal de Belén, Rodrigo Agrelo; la médica Nadya Scherbovsky; y la licenciada en Trabajo Social, Rosario Vega, Tanto Scherbovsky como Vega integran la Red de Profesionales de la Salud por el Derecho a Decidir.

Francisco Fortuna, ministro de Salud de la Provincia de Córdoba


“Todos conocen mi opinión personal. No estoy de acuerdo con el aborto. Pero en casos específicos como este de una violación a una menor, que con conformidad de su familia pide una interrupción voluntaria del embarazo, en lo personal y como en otros casos que contempla la guía provincial -suspendida por estar actualmente judicializada- creo que hay que acompañar la decisión y colaborar para hacerlo en un lugar seguro. Así se procedió en este caso, dentro de las limitaciones legales que tenemos en la provincia. De hecho, desde el Hospital de Villa Dolores se coordinó la derivación y el traslado a la Maternidad Nacional. El Ministerio puso a disposición una ambulancia que la trajo a la Maternidad Nacional, donde se le practicó la intervención dando buenos resultados y encontrándose la niña fuera de peligro. La existencia de un amparo judicial hace que no podamos ir sobre eso. Caso contrario, sería infringir la ley. Por ello es que existe la división de poderes”.

Laura Vilches – Legisladora provincial del PTS por el Frente de Izquierda de los Trabajadores (FIT)

“Nosotros presentamos un proyecto ante el Ministerio de Salud de Córdoba para exigirle que arbitrara todos los medios necesarios para que la niña se hiciera el aborto de forma segura en un hospital provincial. En primer lugar, hay que señalar el rol de la Justicia porque es responsable ya que, si está comprobado el abuso, si hay Cámara Gesell y si hay pericias que indican que hubo abuso, el juez no tendría que haber demorado en fallar. Y, en segundo lugar, si bien es cierto que el protocolo provincial está judicializado, el Ministerio de Salud debe guiarse por el protocolo nacional donde se plantea un concepto integral de la salud de las mujeres, y por esa vía, haber actuado. Creo que, si ya quedó demostrado que hay un gran aval social al aborto en todas sus causales, con más razón la Justicia debe declarar urgente la legalidad del aborto no punible. Y tener en cuenta que El Portal de Belén es una organización que está en contra de todos los derechos de las mujeres, ya que previamente se opusieron a la Ley del Matrimonio Igualitario, a la Ley de Identidad de Género, al divorcio vincular y a la Ley de Educación Sexual con perspectiva de género. Han presentado amparos contra el DIU y hasta contra la píldora del día después, porque lo que les molesta es que decidamos con autonomía sobre nuestro propio cuerpo”.

Nadya Scherbovsky – Médica e integrante de la Red de Profesionales de la Salud por el Derecho a Decidir.

Es urgente que el Gobierno provincial se pronuncie sobre esta situación y dé cuenta con políticas publicas claras de cómo se resuelven las interrupciones legales de los embarazos en Córdoba. El Tribunal Superior de Justicia también debe expedirse y frenar esta cruzada contra los derechos de las mujeres. En Argentina hay una pirámide jurídica donde el último eslabón legal son los decretos, las resoluciones y los protocolos. Antes están todos los tratados de Derechos Humanos, la Constitución Nacional, y después siguen el Código Penal y Civil. Amparos como los de El Portal de Belén hacen perder de vista estos acuerdos supremos que garantizan y establecen la legalidad del aborto en casos aberrantes como es que te violen a los 11 años y que quedes embarazada”.

Rodrigo Agrelo – Presidente de El Portal de Belén

“Es un caso que me genera conmoción. Lo primero que se ve es un nivel de vulnerabilidad donde los derechos de esta chiquita no han sido respetados a lo largo de su vida ya que sufrió un abuso sexual hace unos años y después evidentemente hubo un Estado ausente que no supo protegerla para que eso no vuelva a sucederle. A la vez he meditado mucho sobre cómo reaccionaría si esto alguna vez le ocurriera a alguien cercano, y hoy creo haría todo lo que esté al alcance de mis manos para salvar a las dos vidas. Creo que sumarle un aborto a una niña que ha tenido dos abusos en su infancia, es no sanarle esos traumas. Es agregarle un dolor más a su vida. La gran pregunta ahora es cuál es hoy, después del aborto, el destino de esa chiquita tras este abuso triple que ha sufrido. ¿Va a volver a su entorno? Ahí está el tema. Por otro lado, y respecto a la judicialización de la “Guía de procedimientos para la atención de pacientes que soliciten prácticas de aborto no punible”, nosotros acudimos a la Justicia y nos dio la razón en dos instancias. En un caso un juez de primera instancia y en otro la Cámara 3° de Apelaciones por unanimidad. Es decir que en los hospitales públicos y privados de Córdoba no es posible esta práctica”.

Rosario Vega - Licenciada en Trabajo Social e integrante de la Red de Profesionales de la Salud por el Derecho a Decidir.

“Si bien es cierto que la “Guía de procedimientos para la atención de pacientes que soliciten prácticas de aborto no punible”, elaborada por el Ministerio de Salud de Córdoba, está judicializada, desde 1921 el Código Penal en el artículo 86 establece que los abortos no serán punibles cuando el embarazo sea producto de una violación, ni cuando se realicen para evitar un peligro para la vida o la salud de la embarazada. Por este motivo, la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) podría, y debería, haberse hecho en el Hospital de Villa Dolores donde vive la niña. Los profesionales no habían planteado objeción de conciencia. Se había pensado, planeado la intervención e incluso hablado con la nena y su madre. Lo que ocurrió fue que cuando se va a avanzar hay una información desde el Ministerio de Salud donde se plantea que existe el amparo de El Portal de Belén, y que por eso no se puede hacer, lo cual generó mucha confusión en el Hospital. Se consideró que el amparo quitaba el derecho, lo cual no es así. La ley es clara, está vigente y el fallo F.A.L. de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ya aclaró cómo se debe proceder. Por eso es tan necesario que el Tribunal Superior de Justicia se expida y ponga fin a esta desprotección. El caso de esta niña no es el primero ni el último. La burocracia debe cesar en nombre de sus derechos”.

 “La Interrupción Legal del Embarazo (ILE) podría, y debería, haberse hecho en el Hospital de Villa Dolores donde vive la niña. Los profesionales no habían planteado objeción de conciencia. Se había pensado, planeado la intervención e incluso hablado con la nena y su madre.”

  

 


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