La Corte Suprema dejó firmes las condenas por la muerte del soldado cordobés Matías Chirino
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firmes las condenas contra un grupo de militares por la muerte de Matías Ezequiel Chirino, el soldado que murió en junio de 2022 durante un ritual de bienvenida en Paso de los Libres.
El máximo tribunal rechazó los planteos de los tres condenados contra el fallo que los consideró responsables de la muerte del joven, y también desestimó los recursos de la fiscalía y la querella, que buscaban agravar las penas bajo la figura de homicidio simple y revisar absoluciones.
El caso quedó encuadrado como abandono de persona seguido de muerte y abuso de autoridad.
Chirino, de 22 años y oriundo de Córdoba, falleció tras una cena de bienvenida realizada en la madrugada del 19 de junio de 2022 en el Casino de Oficiales del Grupo de Artillería de Monte 3.
Según el caso, oficiales superiores ordenaron el consumo excesivo de alcohol, impartieron órdenes humillantes y sometieron a egresados del Colegio Militar a prácticas denigrantes, en el marco de la relación jerárquica propia de la estructura castrense.
En ese contexto, Chirino fue obligado junto a otros dos compañeros a ingerir bebidas alcohólicas en exceso y a sumergirse en una pileta con temperaturas bajo cero. Luego, cuando perdió el conocimiento, fue dejado sobre un colchón en el piso, sin abrigo ni calefacción.
Las pericias determinaron que la muerte se produjo por “asfixia mecánica por broncoaspiración de contenido gástrico”, en un cuadro de alcoholización severa.
En noviembre de 2024, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes condenó a ocho años de prisión a los capitanes Rubén Darío Ruiz, Claudio Andrés Luna y Hugo Reclus Martínez Tárraga; al teniente Exequiel Emanuel Aguilar; al teniente primero Darío Emanuel Martínez; y al subteniente Luis Facundo Acosta.
Luego, en diciembre de 2025, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas, pero redujo las penas: Acosta y Luna recibieron siete años y seis meses; Ruiz y Martínez Tárraga, siete años; y Martínez y Aguilar, seis años y medio.
Casación también revocó la absolución del subteniente Gerardo Sebastián Bautista y lo condenó a seis años y medio, mientras que ratificó las absoluciones del teniente Franco Damián Grupico y de la subteniente Claudia Daniela Cayata.
La Corte desestimó los planteos por aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, con lo que quedaron firmes las condenas dictadas en la causa.
Fuente: NA