Juicio a Oscar González: la querella cuestionó a la fiscal y solicitó 10 año de prisión efectiva

Los representantes legales de las familias perjudicadas marcaron fuertes diferencias con la posición de la fiscal Gallaratto y solicitaron un cambio de carátula. Ahora, el juez Santiago Camogli debe decidir. 
 
El abogado querellante Germán Romero Marcon pidió 10 años de condena si se cambia la acusación y seis años si no se acepta. Ambas en “prisión de cumplimiento efectivo”.  Foto: LNM/ Bahía de Palma


En la onceava audiencia del juicio contra el exlegislador Oscar González, los representantes legales de las familias perjudicadas marcaron fuertes diferencias con la posición de la fiscal Analía Gallaratto y solicitaron un cambio de carátula para que la imputación pase a homicidio simple con dolo eventual y lesiones graves. 

Ahora, el juez Santiago Camogli debe decidir si es lugar.

El abogado querellante Germán Romero Marcon pidió 10 años de condena si se cambia la acusación y seis años si no se acepta modificación. Ambas en “prisión de cumplimiento efectivo”. 

Su compañero Lucas Cocha comenzó su alegato en la Cámara Criminal y Correccional de Villa Dolores cuestionando la investigación que Gallarato minutos antes definió como “completa”. 

“No es cierto que no existiera información en el módulo del airbag del auto de González, esa tecnológica si existe y gran parte de la verdad está en ese lugar y se puede acceder. Nosotros ofrecimos oportunamente el testimonio de un especialista que se dedica específicamente a eso. Sin embargo, la fiscalía lo rechazó. No accedimos a la información porque hubo falta de voluntad”, reprochó Cocha. 

Además, destacó que “González circulaba a alta velocidad, incumpliendo sistemáticamente las leyes viales, poniendo por arriba de la vida de los otros su intención de llegar rápido. Y era evidente que estaba apurado”. 

En el accidente que protagonizó el entonces presidente de la Legislatura, falleció Alejandra Bengoa y quedaron gravemente heridos su hija Marina y la amiga de ésta, Alexa Miranda. El exfuncionario enfrenta la acusación de homicidio culposo y lesiones agravadas culposas, y la Fiscalía solicitó solo tres años y 10 meses de prisión. 

La querella indicó que “era previsible la provocación de una tragedia” por parte de González porque “anteriormente ya había generado riesgos concretos contra otras personas” y decidió no modificar su actitud. Foto: LNM/ Bahía de Palma

Los argumentos de la querella

Durante sus argumentos, el letrado Lucas Cocha sentenció: “La conducción del exlegislador era tan imprudente que le permitía pronosticar la posibilidad de generar un choque”. 

Repasando los testimonios de los conductores que fueron superados por González a altísima velocidad. 

“Hay muchísimas pruebas que acreditan su conducción temeraria”, dijo, desarrollando las multas previas del imputado, principalmente “por sobrepasos y exceso de velocidad”. Además, para el letrado, González habría evitado “varias multas”, porque circulaba en un auto con “una patente adulterada”. Y denunció que surgió durante el juicio que “había órdenes” de no computarle actas.

Otra situación nombrada por Cocha es el choque que protagonizó Gonzalez en las puertas de la Legislatura, donde colisionó contra una chica (Nazarena Gómez) en un monopatín. El entonces legislador iba contra mano. 

Luego, aseguró que “era previsible la provocación de una tragedia”, porque “anteriormente generó riesgos concretos contra otras personas” y decidió no modificar su actitud. 

“En algún momento iba a matar a alguien”, resaltó Cocha.

En ese marco, descartó la acusación “por negligencia e imprudencia” de la fiscal.  

“Había una decisión consciente y deliberada de asumir riesgos letales. Está claro que tenía amplío conocimiento de manejo, de la normativa vial vigente”, siguió. 

También se refirió al estado de la ruta el 29 de octubre de 2021: “El tránsito era importante, así que era previsible que si se cambiaba de carril en doble línea amarilla iba a lastimar a alguien”. 

Y citó el mismo mensaje que nombró la fiscal Gallarato, enviado por González a un grupo de legisladores, donde se autopercibía como “conductor de rally” y se jactaba de cruzar el Camino de Altas Cumbres incluso cuando estaba cerrado por la presencia de nieve o neblina. 

Además, indicó que debe tenerse en cuenta que González ocupaba un cargo público al momento del hecho.

“Analizamos todas las pruebas y no estamos ante un homicidio por conducción imprudente. Estamos ante un homicidio de dolo eventual, porque había conocimiento de la peligrosidad de conducir incumpliendo todas las normas”, indicó la querella durante la audiencia. Foto: LNM

González, una figura pública

Cocha volvió a marcar diferencias con la fiscalía: “Consideramos que el imputado hizo un abuso de autoridad y realizó maniobras para impedir el avance de la causa”. 

Señaló los testimonio de agentes de la Policía Caminera, quienes afirmaron que era habitual “recibir órdenes para no parar el auto de González”, y la intervención en la escena, donde sus familiares “sacaron cosas del auto”. 

Y se explayó: “Era parte del peronismo cordobés y era un político importante para este sector de Córdoba. Tenía una red de contactos”. 

“Eso está fuera de la ley, acá no primó la Justicia, primó el nombre del acusado”. 

El letrado dijo que el acusado nunca se interesó por las víctimas: “La investigación acredita que tras el impacto el imputado salió de su auto caminando y, en vez de atender a las víctimas, decidió llamar a sus allegados y retirar los bienes del vehículo”, se extendió. 

También discrepó con la fiscal en cuanto a la veracidad del testimonio de un bombero que se referían a una presunta prioridad en la atención médica de González, pese a que sus heridas eran menores. “Esa declaración es muy valiosa, no hay que descartarla solo porque es compleja. No me extraña que si el imputado pudo retirar objetos de su vehículo también haya podido utilizar sus influencias para exigir prioridad en la atención”, argumentó. 

El recatista Lucas Barrios Niveiros testificó que solicitó el traslado “urgente” de Alejandra y el conductor de la ambulancia le dijo que debían atender primero a otra persona. Solo quedaba González en el lugar, las adolescentes ya estaban en el Hospital de Mina Clavero. Luego, la mujer entró en paro y, cuando llegó al centro de salud, murió. 

Sumó que el informe de las peritos psicológicas muestran “su personalidad egocéntrica, impulsiva y omnipotente”. 

A su vez, cuestionó que el máximo órgano legislativo de la provincia le otorgue un vehículo de estas características al imputado. “Es como darle un arma”, expresó, refiriéndose a la velocidad que puede alcanzar el BMX y la seguridad que le da al conductor, más no al resto de las personas. 

“El acusado debe responder por homicidio simple con dolo eventual, en el caso de Alejandra Bengoa, lesiones dolosas en el caso de Marina y Alexa Miranda”. Foto: LNM/ Bahía de Palma

La querella pidió el cambio de carátula 

Para el abogado, el acusado debe responder por homicidio simple con dolo eventual, en el caso de Alejandra Bengoa, lesiones dolosas en el caso de Marina y gravísimas por Alexa Miranda. 

“Analizamos todas las pruebas y no estamos ante un homicidio por conducción imprudente. Estamos ante un homicidio de dolo eventual, porque había conocimiento de la peligrosidad de conducir incumpliendo todas las normas”, explicó Cocha. 

Y completó: “Había una intención directa en interponer sus deseos por encima de la vida de los demás. Está demostrado que se representó la posibilidad de generar un accidente y siguió con la conducta que lo llevó a un resultado fatal”. 

“En el dolo eventual el sujeto reconoce el riesgo, pero confía en que eso no va a suceder. Esa confianza no es meramente un estado psicológico, debe ser objetivo y razonable y no es el caso. Está confianza no es más que la expresión de este egocentrismo y falta de empatía del imputado. Que no es más que la representación del abuso de autoridad y de sus privilegios”, añadió exigiendo el cambio de acusación. 

En ese sentido, aseguró que “no es un error jurídico”, sino que se trata de “una Justicia selectiva que beneficia a determinadas personas en perjuicio de todas las demás”. “Es un sistema corporativo que busca salvar al acusado y a tanto más”. 

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