Milei promulgó la Ley de Emergencia en Discapacidad, pero suspendió su implementación

Ante el vencimiento de la fecha, el Gobierno promulgó la ley pero resolvió suspender su implementación argumentando que el Poder Legislativo deberá definir cómo se financiarán los gastos y las partidas correspondientes en el Presupuesto Nacional.
La medida quedó oficializada mediante el Decreto 681/2025, publicado en el Boletín Oficial. El lunes pasado, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, había confirmado la promulgación de la norma, pero condicionó su aplicación a que se defina su financiamiento. Foto: archivo NA

El Poder Ejecutivo promulgó este lunes la Ley 27.793, que declara la Emergencia Nacional en Discapacidad -que el Congreso ratificó rechazando el veto del presidente Javier Milei- hasta el 31 de diciembre de 2026, pero resolvió suspender su implementación hasta que el Poder Legislativo defina cómo se financiarán los gastos y contemple las partidas correspondientes en el Presupuesto Nacional.

La medida quedó oficializada mediante el Decreto 681/2025, publicado en el Boletín Oficial. El lunes pasado, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, había confirmado la promulgación de la norma, pero condicionó su aplicación a que se defina su financiamiento.

En el texto de la medida, el Poder Ejecutivo justificó la suspendió la aplicación de la legislación por el "impacto fiscal" que, entiende, implicaría para las cuentas del Estado. De acuerdo a los cálculos oficiales, la creación de una nueva pensión demandaría $2.166.985.900.000 durante 2025 (equivalente al 0,26 % del PBI) y un adicional de $4.706.628.500.000 en 2026 (0,47 % del PBI).

A ese monto se agregan los costos del Programa Incluir Salud, que otorga cobertura médica a beneficiarios de pensiones no contributivas, con $574.200.000.000 en 2025 (0,07 % del PBI) y $1.239.266.000.000 en 2026 (0,12 %). También se suman $278.323.000.000 (0,03 % del PBI) por la compensación extraordinaria a prestadores. En total, el gasto ascendería a $3.019.508.900.000, equivalente al 0,35 % del PBI.

El Ejecutivo justificó la suspensión en los artículos 38 de la Ley 24.156 y 5 de la Ley 24.629, que obligan a especificar la fuente de recursos en cualquier norma que genere erogaciones adicionales. El texto oficial sostuvo que el Parlamento “omitió señalar de manera precisa” de dónde saldrán los fondos y advirtió que la facultad de reasignar partidas del jefe de Gabinete “no constituye una fuente concreta, específica ni suficiente”.

En el decreto también se remarca que el presupuesto nacional vigente “no cuenta con los créditos suficientes para cubrir su aplicación”. Incluso si se destinaran todos los recursos disponibles de los tres poderes del Estado, no alcanzarían para financiar plenamente las obligaciones establecidas por la ley. Según el cálculo oficial, los fondos disponibles sin afectar servicios sociales suman $2.302.526.621.430, cifra inferior al costo total estimado.

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