En defensa del derecho a huelga, la CGT presentó un amparo ante la Justicia

La Confederación General del Trabajo (CGT) presentó una acción de amparo sindical ante la Justicia para frenar la vigencia del reciente decreto del Gobierno de Javier Milei que amplia la cantidad de actividades "esenciales" y restringe la protesta.
La CGT recordó que la Justicia fallo favorablemente cuando denunciaron el mega DNU que publicó Milei tras su asunción. Foto: gentileza NA.

La Confederación General del Trabajo (CGT) presentó este lunes ante la Justicia una acción de amparo sindical para frenar la vigencia del reciente decreto del Gobierno que buscar limitar el derecho a huelga al ampliar la cantidad de actividades consideradas esenciales

Tal como habían anticipado los referentes sindicales la semana pasada, apenas se conoció la medida, la presentación se concretó ante el juzgado Laboral 3 a cargo de Moira Fullana.

En un comunicado, la central había manifestado su repudio al Decreto 340/2025 porque "intenta suprimir el derecho a huelga en la Argentina de un plumazo y sin debate", por lo que advirtió que el movimiento obrero "dará batalla en los tribunales, en las calles y en los lugares de trabajo".

"La semana próxima estamos actuando nuevamente en la Justicia. Estamos seguros de que se va a sostener lo que ya predijo la Justicia en primera y segunda instancia con respecto a este tema", había dicho la semana pasada el cosecretario general Héctor Daer.

Se refirió así al mega DNU que publicó el gobierno del presidente Javier Milei a pocos meses de su asunción, que contenía un apartado con reformas laborales y que quedó suspendido por la Justicia tras una presentación de la CGT.

"Están reiterando lo mismo que estaba establecido en el decreto DNU 70/23, donde pretendían cercenar el derecho de huelga para muchas actividades, llevándolo a la imposibilidad de tener una medida de acción directa", dijo Daer.

El DNU 340/2025 publicado el pasado miércoles limitó el derecho de huelga en actividades consideradas esenciales, y que deberán garantizar de manera obligatoria un funcionamiento de entre 50 y 75% en caso atravesar conflicto sindical.

La norma incluye en este segmento a los servicios sanitarios; transporte y de medicamentos e insumos hospitalarios; servicios farmacéuticos; producción, transporte, distribución y comercialización de agua potable, gas, otros combustibles y energía eléctrica; y servicios de telecomunicaciones, incluidos internet y comunicaciones satelitales.

También están incluidos en el decreto la aeronáutica comercial y el control del tráfico aéreo y portuario; servicios aduaneros y migratorios; el cuidado de menores y la educación en los niveles de guardería, preescolar, primaria, secundaria y educación especial; y el transporte marítimo y fluvial de personas, mercaderías y carga, entre otros.

Fuente: NA

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