Imponen millonaria condena civil a un automovilista, por la picada fatal de 2019 en Villa Warcalde
El Juzgado Civil y Comercial de 45a. Nominación de la ciudad lo condenó a pagar 400 millones de pesos a la familia de una de las víctimas del siniestro ocurrido en el “Camino Intercountry”. La Municipalidad y la Provincia fueron exhortados a intensificar controles.
El Juzgado Civil y Comercial de 45a. Nominación de la ciudad de Córdoba condenó a un automovilista a pagar una indemnización de 400 millones de pesos a los padres de una joven que murió en febrero de 2019, durante una picada desarrollada en el “Camino Intercountry”.
Según reveló el Poder Judicial, el Volkswagen Vento en el que viajaban el demandado y las víctimas se despistó cuando circulaba a 140 kilómetros por hora (km/h), pese a que la velocidad máxima permitida en esa arteria era 60 km/h.
En la sentencia, el juez Héctor Daniel Suárez, además de ordenar el pago de la indemnización correspondiente, le impuso al demandado la obligación de realizar cursos sobre seguridad vial con un mínimo de diez horas cátedras. El magistrado determinó que esta actividad debe cumplimentarse de manera presencial, bajo apercibimientos de astreintes, dentro del año posterior a quedar firme la sentencia, en instituciones reconocidas como Luchemos por la Vida, Asociación Civil Trabajar contra la Inseguridad Vial, Fundación Conducción Consciente o en la Municipalidad de Córdoba.
También el juez exhortó a la Municipalidad y a la Policía de la Provincia de Córdoba para que intensifiquen los controles callejeros de alcoholemia y exceso de velocidad en los horarios y los lugares donde suelen realizarse estas picadas, como así también cualquier actividad que pongan en riego a los ciudadanos.
La tragedia vial ocurrió a la salida de un local bailable ubicado en Villa Walcalde. En el automóvil circulaban el demando Francisco Catalano y cuatro jóvenes más, Federico Cariola, Mateo Feijoo, Camila Suárez y María Constanzo.
Durante el viaje, el conductor del rodado se desafió a una prueba de velocidad con otro automovilista, Álvaro Manuel Sánchez Pulgar, que circulaba en un Peugeot 208.
Catalano conducía de manera antirreglamentaria, ya que tenía una graduación alcohólica de al menos 76mg% y, en ciertos tramos, su vehículo alcanzó los 140 km/h, pese al pedido de las pasajeras para que bajara la velocidad.
Cuando los automóviles llegaron a la rotonda ubicada frente al ingreso del barrio Lomas de La Carolina, el demandado perdió el control del rodado e impactó contra unos postes de madera. El vehículo comenzó a dar vuelcos y lanzó hacia la vía pública a dos de los ocupantes que viajaban en el asiento trasero, María Costanzo y Federico Cariola, quienes cayeron sobre la carpeta asfáltica y perdieron la vida.
El juez Suárez consideró que la conducta del demandado no se trató “de un mero incumplimiento a una norma reglamentaria, sino del apartamiento consciente de los claros mandatos de la ley, despreciando la seguridad de los acompañantes, de la suya propia, y de ocasionales usuarios de la vía pública”.
En la sentencia, el magistrado también reflexionó sobre el grave problema de la inseguridad vial en el país. “La Argentina ocupa el primer lugar en el ranking de muertes por accidentes en las rutas, de acuerdo con una estadística internacional que incluye a 38 países de todos los continentes”, recordó.
Además, dijo que, tal y como está en la actualidad el transito urbano, “la incertidumbre de regreso al hogar sano y salvo “puede ser equiparada al nefasto juego de la ruleta rusa”. “Son tantas las infracciones a las reglas de tránsito que tarde o temprano, a un conocido, amigo, familiar, o uno mismo se encontrará con la bala en la recámara”, ejemplificó.
“El precio que se paga por la movilidad sigue siendo demasiado alto”, agregó el magistrado.
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