El Banco Central flexibilizó el cepo para importaciones y quitó restricciones para el MEP
La autoridad monetaria resolvió dar de baja algunas regulaciones que regían y que afectaban a la libre operación de las empresas y las personas. En medio de la inquietud que manifiesta el mercado, el BCRA comunicó nuevas disposiciones que tituló "un nuevo paso en el proceso de liberización".
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) dio a conocer este martes un comunicado dando cuenta de un nuevo paso hacia la flexibilización de las regulaciones para acceder al mercado de cambios.
El objetivo final de esta iniciativa es la eliminación total de las restricciones cambiarias.
El Directorio del BCRA ha acortado los plazos para que las empresas accedan al Mercado Libre de Cambios (MLC) para pagar importaciones, y a su vez ha aumentado el monto que los exportadores de servicios no están obligados a liquidar en el MLC.
No obstante, hay una noticia que impacta en el ciudadano a pie, y es que la entidad nacional ha permitido que personas que recibieron ayudas estatales durante la pandemia, o que se benefician de subsidios a los servicios públicos, puedan realizar operaciones cambiarias a través de títulos valores en moneda extranjera, como el dólar MEP.
Flexibilización en el pago de las importaciones
Desde que las autoridades del BCRA asumieron el 10 de diciembre de 2023, el flujo de importaciones, previamente obstaculizado por numerosas trabas al acceso al mercado cambiario y altos niveles de endeudamiento comercial, se ha normalizado con un esquema de pagos transparente y previsible.
Actualmente, los bienes relacionados con la energía se pagan al contado, mientras los productos farmacéuticos, bienes para la atención de la salud, fertilizantes, productos fitosanitarios, productos de la canasta básica y las importaciones oficializadas por MiPyMEs tienen acceso al MLC a los 30 días desde su registro aduanero.
Los bienes suntuarios (segmento de lujo) y los autos terminados se abonan a partir de los 120 días del registro aduanero, aunque a partir del 1 de agosto, este plazo se reducirá a 90 días.
El resto de los productos se paga en cuatro cuotas del 25% a 30, 60, 90 y 120 días corridos desde su ingreso aduanero. Sin embargo, desde el 1 de agosto, estos bienes podrán pagarse en dos cuotas del 50%, a los 30 y 60 días desde su ingreso aduanero.
Ahora podrán cobrar hasta 24.000 dólares por año calendario en sus cuentas locales en dólares, sin obligación de liquidarlos en el MLC, lo que duplica el monto permitido anteriormente de 12.000 dólares.
Fuente: con información de NA
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