Los puntos claves del proyecto del Impuesto a las Ganancias
La norma cuyo texto circuló en las últimas horas establece además que no se cobrará el impuesto de carácter retroactivo. Esto quiere decir que se comenzarán con los descuentos desde el momento en que sea publicada en el Boletín Oficial y no habrá que abonar nada por el período comprendido desde el 1° de enero.
El proyecto de ley que restituye el Impuesto a las Ganancias para los empleados asalariados contempla un mínimo no imponible sobre una retribución bruta de $ 1.800.000 para solteros y de $ 2.300.000 para casados con dos hijos.
Asimismo, contempla la actualización de deducciones y escalas desde 2025 por Índice de Precios al Consumidor (IPC) y faculta al Poder Ejecutivo a efectuar cambios en 2024.
La norma cuyo texto circuló en las últimas horas establece además que no se cobrará el impuesto de carácter retroactivo. Esto quiere decir que se comenzarán con los descuentos desde el momento en que sea publicada en el Boletín Oficial y no habrá que abonar nada por el período comprendido desde el 1° de enero.
Esto se aplicará de esta manera, pese a que el actual Impuesto Cedular será derogado en forma retroactiva al 1° de enero de 2024.
"Por otro lado, se incorpora una nueva deducción equivalente a la doceava parte de la sumatoria de las deducciones por ganancia no imponible, cargas de familia y deducción especial para empleados en relación de dependencia y jubilados", explicó Domínguez. Las alícuotas que se aplicarán irán de 5% a 35% en diferentes tramos, iniciándose desde $ 1.200.000.
De acuerdo a las nuevas escalas, un trabajador soltero con remuneración bruta de $1.800.000 tendrá un descuento de $ 2.791. Con $2.000.000 pagará $ 20.699, con $ 2.200.000 pagará $ 49,606; con $ 2.231.452 pagará % 55.582; con $ 2.500.00 pagará $ 106,606 y con $ 3.000.000 pagará $ 215.839. En el caso de un casado con dos hijos con remuneración bruta de $ 2.500.000 pagará $ 22.225 y si gana $ 3.000.000 pagará $ 109.024.
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