Congreso: ingresó el polémico DNU de desburocratización del Estado
Será tratado en la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo. La norma fue cuestionada por la oposición porque introduce más de cien modificaciones en leyes y decretos.
El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 27/2018 de Desburocratización y Simplificación, firmado el 10 de enero pasado, ingresó hoy al Congreso Nacional, para su tratamiento en la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo.
El instrumento incluye un conjunto de más de 40 normas para reducir los trámites que ahora debían hacer las empresas para operar en el país, al tiempo que habilita nuevas prácticas en el sector de finanzas y transporte, destinadas a reducir costos y ganar competitividad.
La norma, publicada el 10 de enero pasado con la firma del presidente Mauricio Macri y ministros, fue cuestionada por la oposición porque introduce más de cien modificaciones en leyes y decretos, según señalaron desde distintos bloques.
De hecho, esa posición llevó ayer a un grupo de diputados nacionales del Frente Renovador a presentar ante la Justicia un planteo de inconstitucionalidad del DNU, por considerar que "altera las reglas del Estado de derecho".
"Mediante este instrumento se toman más de 190 medidas que apuntan a reformar el Estado, adjudicándole al Poder Ejecutivo facultades que avasallan las atribuciones del Congreso de la Nación, alterando las reglas del Estado de Derecho y la división de poderes que caracterizan al modelo republicano", argumentó la titular del bloque massista en la Cámara baja, Graciela Camaño.
Junto a ella concurrieron al Palacio de Justicia los diputados Daniel Arroyo, Raúl Pérez, Carla Pitiot, Marco Lavagna, José Ignacio de Mendiguren y Alejandro Grandinetti.
De acuerdo con lo previsto por la Constitución Nacional, a partir de su reforma de 1994, y por su reglamentación a través de una ley dictada en el 2010, durante la gestión kirchnerista, una vez que el DNU es debatido en el seno de la Bicameral, debe ser tratado tanto en Diputados como en el Senado.
En ese marco, sólo puede ser derogado un proyecto cuando las dos cámaras expresan su rechazo, con una mayoría simple, es decir con el voto de la mitad más uno de los presentes en el recinto, una vez reunido el quórum reglamentario.
Fuente: Télam
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