Milei en busca de superpoderes: los principales puntos del proyecto de "ley ómnibus" que envió al Congreso
El Presidente presentó finalmente el paquete de leyes con el que pretende ajustar el Estado. Entre sus principales propuestas está declarar la emergencia pública y delegar las facultades legislativas en el Poder Ejecutivo por al menos dos años.
El presidente Javier Milei envió al Congreso la "Ley de Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos", un proyecto que echa por el suelo lo construido durante las últimas dos décadas en materia de empresas estatales rentables, así como también la garantía de de la división de poderes, ya que se basa en la privatización de la mayoría de empresas estatales o de participación estatal, delega facultades legislativas al Poder Ejecutivo por al menos dos años, y declara la emergencia pública.
"Con el espíritu de restituir el orden económico y social basado en la doctrina liberal plasmada en la Constitución Nacional de 1853, presentamos al Honorable Congreso de la Nación el adjunto proyecto de ley y manifestamos nuestra firme voluntad de emprender, inmediatamente y con instrumentos idóneos, la lucha contra los factores adversos que atentan contra la libertad de los argentinos; que impiden el correcto funcionamiento de la economía de mercado y son la causa del empobrecimiento de la Nación", escribió el mandatario en sus redes sociales.
En esa línea, continuó: "Promovemos estas reformas en nombre de la Revolución de Mayo de 1810 y en defensa de la vida, la libertad y la propiedad de los argentinos".
Qué dice el proyecto de ley que envió Milei al Congreso
El proyecto de ley declara la "emergencia pública" en "materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025" y aclara que "dicho plazo podrá ser prorrogado por el Poder Ejecutivo nacional por el plazo máximo de DOS (2) años".
Entre sus postulados básicos, señala el de "promover y asegurar un sistema económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia y competencia, con respeto a la propiedad e iniciativa privada y a los principios constitucionales de libre circulación de bienes, servicios y trabajo".
En ese sentido, se propone "establecer la más amplia desregulación del comercio, los servicios y la industria en todo el territorio nacional y procurar dejar sin efecto todas las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como toda exigencia normativa que distorsione los precios de mercado" y, al mismo tiempo, “promover la reactivación productiva”.
El proyecto de ley habla de "desburocratizar y simplificar la normativa que rige a la Administración Pública nacional, eliminando toda gestión inútil o dispendiosa", "promoviendo el funcionamiento dinámico y eficaz de la gestión pública, a través de prestaciones profesionales, útiles y de alta calidad".
Para ello, busca implementar "la mejora de la profesionalización de la carrera administrativa de los agentes de la Administración pública nacional, mediante un sistema de acceso y promoción en función del mérito y la obtención de logros y metas objetivas prestablecidas", reservándose la facultad de "intervenir todos los órganos y entidades descentralizadas que componen la Administración Pública nacional, con la sola exclusión de las universidades nacionales".
En el capítulo dedicado a la privatización de empresas públicas, declara “sujeta a privatización” las empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria estatal, que se enumeran en un anexo.
Mientras que en el artículo 33 se faculta al Poder Ejecutivo nacional a "disponer por razones de emergencia la renegociación o en su caso rescisión de los contratos de cualquier tipo que generen obligaciones a cargo del Estado, celebrados con anterioridad al 10 de diciembre de 2023 por cualquier órgano o ente descentralizado de la Administración Pública nacional". Allí se exceptúan los contratos suscritos en virtud de los procesos de privatización autorizados por la Ley N° 23.696 y que estén regidos en sus prestaciones por marcos regulatorios establecidos por ley; así como por aquéllos que cuenten con financiamiento internacional".
En el capítulo enfocado a la desregulación económica, se deroga la Ley 25.715 que determinaba los aranceles para la importación de azúcar y la Ley N° 25.542 de precio de uniforme de venta al público de libros.
Al mismo tiempo, determina que "las entradas deportivas pueden ser revendidas sin límite de las veces que pueda realizarse dicha operación" y que "el encargado de ventas de entradas no podrá imponer restricciones a dicha reventa".
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