Oficializan plan de alivio fiscal a tasa baja para pymes y monotributistas

El plan forma parte de las medidas económicas anunciadas por el Gobierno nacional. Se trata de una baja de tasas para regularizar deudas.
La Afip puso en marcha el plan de alivio fiscal para pymes y monotributistas. Foto: NA

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en marcha el plan de alivio fiscal para micro, pequeñas y medianas empresas para cancelar obligaciones tributarias, aduaneras y de recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de abril, dentro de las medidas económicas anunciadas por el Gobierno nacional.

La iniciativa, que contempla una tasa de interés máxima de 5,91% mensual, incluye este beneficio también para monotributistas; así, por medio de este nuevo régimen, el organismo tributario beneficiará a más de 650.000 contribuyentes.

El monto de deuda a regularizar asciende a $456.000 millones y corresponde principalmente a IVA, ganancias, y aportes y contribuciones a la seguridad social, entre otros tributos. Incluye los intereses, multas y deudas que se encuentren en discusión tanto en vía administrativa como judicial; además de deuda de capital.

Las principales beneficiadas serán las micro y pequeñas empresas, que representan 48% del universo de firmas alcanzado por la medida y poseen 42% del stock de deuda total.

En tanto, los pequeños contribuyentes y monotributistas alcanzan a 31,2% de los contribuyentes que mantienen obligaciones vencidas con el organismo, por 3% del monto total; el resto de los contribuyentes lo completan las empresas medianas.

"El plan de facilidades de pago que apunta fundamentalmente a los pequeños contribuyentes y pymes, dándoles la posibilidad de regularizar la deuda fiscal, que hace difícil acceder a cualquier tipo de crédito o capital de trabajo", resaltó el titular de Aduana, Guillermo Michel, en diálogo con Radio con Vos.

Por medio de la Resolución General 5.361/2023, publicada este martes en el Boletín Oficial, la Afip instrumentó un plan de hasta 84 cuotas, de acuerdo al tamaño de la firma y el tipo de obligación que debe regularizar (previsional, impositiva o aduanera), con una tasa máxima de 5,9% mensual.

Fuente: Télam

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