Economía 31/03/2022

AFIP extiende plazo para regularizar Ganancias y Bienes Personales

La entidad extendió hasta el 31 de mayo el plazo para regularizar estas obligaciones. La extensión alcanza a la vigencia de los planes de pago del sistema "Mis Facilidades".

Con estas medidas, AFIP pretende "promover el cumplimiento y la regularización de las obligaciones tributarias" - (Foto by LNM)

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió por dos meses, hasta el 31 de mayo, el plazo para regularizar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.

La extensión alcanza también a la vigencia de los planes de pago del sistema "Mis Facilidades", tanto para obligaciones impositivas como aduaneras y de Seguridad Social.

Las medidas se dispusieron respectivamente a través de las resoluciones generales 5177/2022 y 5178/2022, publicadas este jueves en el Boletín Oficial.

La prórroga de 60 días, que se suma a otras ya dispuestas con anterioridad, se resolvió para "promover el cumplimiento y la regularización de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes y responsables", según sostuvo el organismo recaudador en los considerandos de las resoluciones.

Datos biométricos

Por otra parte, mediante la Resolución General 5180/2022, la AFIP extendió hasta el 30 de junio la eximición de la obligación de registrar los datos biométricos por parte de los contribuyentes y responsables, por razones de "celeridad y eficiencia", a pesar de que la situación epidemiológica derivada de la pandemia de Covid-19 "evoluciona en forma favorable".

Con esta medida, los interesados no deberán concurrir a las dependencias de la AFIP para registrar su foto, firma y huella dactilar de forma presencial, ya que los trámites y gestiones se pueden realizar desde el servicio "Presentaciones Digitales".

Extensión de plazo

En el artículo 1 de la RG 5177 se extendió hasta el 31 de mayo el plazo para que los contribuyentes "regularicen sus obligaciones del impuesto a las Ganancias y del impuesto sobre los Bienes Personales".

Lo podrán hacer en "hasta tres cuotas, con un pago a cuenta del 25%", en tanto la AFIP aclaró que no se tendrá en cuenta "la categoría del "Sistema de Perfil de Riesgo (Siper)", siempre que se trate de las categorías A, B, C o D, aunque excluye a quienes estén categorizados como "riesgo muy alto" en la categoría E.

La RG 5178 extendió hasta el 31 de mayo la vigencia transitoria correspondiente a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, así como la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicables en el régimen de facilidades de pago permanentes.

El máximo es ocho cuotas y seis planes por persona, aclaró la AFIP en un comunicado.

Además, los beneficios en las condiciones de los planes permanentes de pagos para quienes desarrollan actividades críticas también continuarán vigentes hasta el 31 de mayo de 2022.

Fuente: Télam

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