Córdoba20/10/2020

Juicio con perspectiva de género por estafar a una mujer con discapacidad

La Fiscalía de Instrucción de la ciudad de La Carlota, solicitó la elevación a juicio de un caso por estafa contra una mujer de Ucacha donde hay tres hombres imputados.

Los hechos sucedieron en la localidad de Ucacha a partir del año 2011, - Foto: MPF Córdoba.

La Fiscalía de Instrucción de la ciudad de La Carlota, a cargo de Georgina Osella, solicitó la requisitoria de citación a juicio en una causa por circunvención de persona. Se trata de un delito tipificado en el artículo 174 inciso 2º, del Código Penal, que sanciona "el abuso de las necesidades, pasiones o inexperiencia de un menor o de un incapaz, declarado o no tal, para hacerle firmar un documento que importe cualquier efecto jurídico, en daño de él o de otro, aun cuando el acto sea civilmente nulo".

La víctima es una mujer "con capacidad restringida" domiciliada en la localidad de Ucacha, y en la elevación a juicio la fiscal solicitar aplicar la perspectiva de género y el modelo social de la discapacidad. 

Desde este lugar, se analizó que la damnificada fue víctima de un trato desigual por parte de los imputados, quienes se abusaron de su especial vulnerabilidad por ser una persona con discapacidad y, asimismo, actuaron empleando una posición de desigualdad en razón del género, ejerciendo contra ella distintos tipos de violencia contemplados en la Ley de Protección Integral a las mujeres (N° 26485).

En consecuencia, la funcionaria del Ministerio Público Fiscal (MPF) solicitó que se otorgue prioridad de juzgamiento como herramienta de transformación social y de protección e inclusión de los sectores más vulnerables de la sociedad, otorgando visibilidad y reconocimiento de derechos a quienes lo integran. De esta manera además se propicia la aplicación de los protocolos para la “Promoción del Acceso a la Justicia de Grupos Vulnerables”, aprobados por Acuerdo Serie “A” N° 664.

Los hechos sucedieron en la localidad de Ucacha, provincia de Córdoba, a partir del año 2011, cuando los tres coimputados se acercaron a la víctima en ocasión del fallecimiento de sus progenitores, aprovechando que la referida no contaba con un sistema de contención afectivo y desconocía cómo administrar los bienes dejados por sus padres.

Desde ese momento, valiéndose de la desprotección de la joven hicieron que la misma suscribiera diversos documentos de los cuales derivaron importantes efectos jurídicos en detrimento de su patrimonio, el cual se vio considerablemente disminuido, a puntal tal de precisar ayuda económica de terceros.

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