Confirman el procesamiento de 27 estudiantes por la toma de la UNC
Lo resolvió este jueves la Cámara Federal, en fallo unánime. Ahora, los universitarios enjuiciados deberán afrontar un proceso oral y público.
En fallo unánime, la Cámara Federal de Córdoba confirmo este jueves el procesamiento de 27 estudiantes que en agosto de 2018 tomaron el Pabellón Argentina de la UNC y que habían sido acusados por el Juzgado Federal Nº 3 de Córdoba.
En la causa caratulada “Jalil, Aisha y otros sobre usurpación (ART. 181 inc. 1)” (Expte. FCB 73627/2018/CA2), la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones, integrada por los Sres. jueces Graciela Montesi, Eduardo Ávalos e Ignacio Vélez Funes resolvió rechazar los planteos de nulidad articulados por las defensas técnicas de los imputados (conf. arts. 166 y cc., 298 y 123 del CPPN.).-
Por otra parte, la Cámara resolvió confirmar la resolución apelada, dictada con fecha 26 de junio de 2019 por el Juez Federal Nº 3 de Córdoba, en cuanto dispuso el procesamiento de Aisha Jalil, Candela Guzmán Ahumada , Julián Del Caño, Emiliano Ventura Pereira, Jorge Sebastián Mauro, Yazmín Ferrer, María Oreja Delgado, Julieta Romina Alonso, Xiomara Bordón, Ariadna Bernardeau, Lucía Heber, Fausto Szmulewicz, Carla Salusso, Delfina Borioli, María Franca Condori Bazán, Santiago Demarco, Sabrina Céliz Aduci , Lautaro Tochi , Guadalupe Fantini , María Belén Schaab, Catalina Morandini, Santiago Agustín Sarmiento, María Nazareth Magnotti, Kevin Omar Huarcaya Fernández Baca, Franco Ricardo Bergero, María Constanza Terbonatti y Lucía Raciti, como presuntos coautores del delito de usurpación.
Sobre la abogada del Centro de Profesionales por los Derechos Humanos, Leticia Celli, en tanto, se dictó la falta de mérito.
“Se encuentra acabadamente probada la ocupación deliberada del lugar, habiéndose ejercido fuerza sobre los mecanismos de defensa predispuestos en el inmueble para evitar el ingreso compulsivo, manteniéndose por los mismos medios en el lugar mientras duró la denominada toma”, fundamentaron los jueces.
“Más allá de la procedencia o no del reclamo embanderado y de las distintas pretensiones que fueron surgiendo con el correr de la denominada “toma”, la metodología utilizada y las conductas ejercidas por los imputados para darles curso resultaron evidentemente excesivas y violatorias de derechos de terceros también sometidos a tutela y protección en un Estado de Derecho. Como consecuencia de dicho exceso y desproporcionalidad, no puedo considerar que el accionar de los encartados constituyera en este caso concreto el ejercicio legítimo de un derecho que opere como causa de justificación”, señaló la jueza Montesi.
De este modo, los estudiantes procesados serán sometidos a juicio oral y público, en el que se ventilará el caso.
A continuación, el fallo completo:
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