País14/08/2020

El Gobierno nacional promulgó este viernes la Ley de Teletrabajo

La norma, aprobada el en el Congreso el 30 de julio último, incorporá la modalidad "teletrabajo" al Título III “De las modalidades del contrato de trabajo” del Régimen de Contrato de Trabajo.
La ley entrará en vigor luego de noventa días contados a partir del final de la cuarentena. Imagen ilustrativa.

El Gobierno nacional promulgó este viernes la Ley de Teletrabajo aprobada en el Congreso el 30 de julio último, en la que se establecen los presupuestos legales mínimos para la regulación de esta modalidad laboral en actividades que, por su naturaleza y particulares características, lo permitan.

La Ley N° 27.555 fue promulgada con su publicación en el Boletín Oficial bajo el decreto 673/2020, firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

La modalidad de teletrabajo se incorpora así al Título III “De las modalidades del contrato de trabajo” del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la ley 20.744.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación será la autoridad de aplicación de la ley y deberá dictar la reglamentación respectiva dentro de los próximos noventa días. En tanto, la ley entrará en vigor luego de noventa días contados a partir de que se determine la finalización del período de vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Según se establece, habrá contrato de teletrabajo "cuando la realización de actos, ejecución de obras o prestación de servicios, sea efectuada total o parcialmente en el domicilio de la persona que trabaja, o en lugares distintos al establecimiento o los establecimientos del empleador, mediante la utilización de tecnologías de la información y comunicación".

Los presupuestos legales mínimos del contrato de teletrabajo se establecerán por ley especial y las regulaciones específicas para cada actividad se establecerán mediante la negociación colectiva.

Las personas que trabajen contratadas bajo esta modalidad "gozarán de los mismos derechos y obligaciones que las personas que trabajan bajo la modalidad presencial y su remuneración no podrá ser inferior a la que percibían o percibirían bajo la modalidad presencial", según indica la norma.

Asimismo, "los convenios colectivos deben, acorde a la realidad de cada actividad, prever una combinación entre prestaciones presenciales y por teletrabajo".

La jornada laboral debe ser pactada previamente por escrito en el contrato de trabajo de conformidad con los límites legales y convencionales vigentes, tanto en lo que respecta a lo convenido por hora como por objetivos.

Las plataformas y/o software utilizados por el empleador deberán desarrollarse de modo acorde a la jornada laboral establecida, impidiendo la conexión fuera de la misma. En tanto, la persona que trabaja bajo esta modalidad tendrá derecho a no ser contactada fuera de su jornada laboral y no podrá ser sancionada por hacer uso de este derecho.

Además, el empleador no podrá exigir a la persona que trabaja la realización de tareas, ni remitirle comunicaciones, por ningún medio, fuera de la jornada laboral.

Por otra parte, las personas que acrediten tener a su cargo, de manera única o compartida, el cuidado de personas menores de trece (13) años, personas con discapacidad o adultas mayores que convivan con la persona trabajadora y que requieran asistencia específica, tendrán derecho a horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo y/o a interrumpir la jornada. Cualquier represalia u obstaculización del empleador que lesione estos derechos se presumirá discriminatorio resultando aplicables las previsiones de la ley 23.592, establece la ley.

Mediante la negociación colectiva podrán establecerse pautas específicas para el ejercicio de este derecho vinculadas a la voluntariedad (el traslado de quien trabaja en teletrabajo debe ser voluntario y prestado por escrito), y la reversibilidad (el consentimiento prestado por la persona que trabaja en teletrabajo, podrá ser revocado por la misma en cualquier momento de la relación).

Respecto de los elementos de trabajo, el empleador debe proporcionar el equipamiento y asumir los costos de instalación y la persona que trabaja será responsable por su correcto uso.

Además tendrá derecho a la compensación por los mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios que deba afrontar.

Por otra parte, el empleador deberá garantizar la correcta capacitación en nuevas tecnologías y eso no implicará una mayor carga de trabajo. Las personas que se desempeñen bajo la modalidad de teletrabajo, gozarán de todos los derechos colectivos y la representación sindical será ejercida por la asociación sindical de la actividad donde presta servicios.

Te puede interesar

Petroleras le respondieron a Milei: aseguran que cuentan con el "respaldo total" del Reino Unido

De esta manera respondieron al mensaje presidencial, que establece sanciones a quienes acompañen el proyecto de explotación de hidrocarburos en Malvinas.

Búsqueda de Mariano: su mamá confirmó que el joven está en Córdoba, pero que aún no lograron contactarlo

Mientras continúa la búsqueda del joven de 21 años oriundo de Buenos Aires, la mujer dijo a los medios que identificó a su hijo en las diversas imágenes captadas en comercios de Córdoba.

Bomberos del país realizarán un "sirenazo" para denunciar incumplimientos del Gobierno

La medida de reclamo se llevará adelante de forma simultánea el jueves 10 de septiembre, a las 10, en los cuarteles del sistema nacional y las 29 federaciones provinciales.

Subsidios de luz y gas: activan un plazo de 60 días para actualizar datos

El Gobierno nacional revisará las solicitudes de subsidios energéticos que, después de un año, todavía no pudieron ser vinculadas con un suministro de electricidad o gas por redes.

Sin novedades sobre el financiamiento, ratifican al director de presupuesto universitario

La resolución del Gobierno sostiene en el cargo a Juan Marcos Oudin y no dispone aumentos ni modificaciones en las partidas presupuestarias destinadas a las universidades.

Investigan a la diputada de LLA Lorena Villaverde por una presunta estafa inmobiliaria

La Justicia de Río Negro aprobó el embargo preventivo de 29.970 dólares, en el marco de una causa por presunto incumplimiento en la entrega de un terreno.