Mundo Redacción La Nueva Mañana 17/10/2017

El Tribunal Constitucional declaró nula la ley del referéndum catalán

La sentencia sostiene que el Parlament incurrió "en muy graves quiebras del procedimiento legislativo" que afectaron "a los derechos fundamentales de todos los ciudadanos".
Fue declarada la inconstitucionalidad y nulidad de la ley del referéndum aprobada por el Parlamento catalán.

El pleno del Tribunal Constitucional de España declaró este martes, por unanimidad, la inconstitucionalidad y nulidad de la ley del referéndum aprobada por el Parlamento de Cataluña el pasado 6 de septiembre y suspendida cautelarmente el día 7.

Según informó el diario El País de España, la sentencia sostiene que durante la tramitación parlamentaria de la ley el Parlament incurrió "en muy graves quiebras del procedimiento legislativo", que afectaron "a la formación de la voluntad de la Cámara, a los derechos de las minorías y a los derechos fundamentales de todos los ciudadanos a participar en los asuntos públicos mediante representantes".

En su decisión el Tribunal afirmó que "la norma invade competencias estatales en materia de consultas de carácter referendario y vulnera, entre otros principios constitucionales, la supremacía de la Constitución, la soberanía nacional y la indisoluble unidad de la Nación española".

El tribunal rechazó que la Constitución recoja el derecho de autodeterminación, entendido como "’derecho’ a promover y consumar su secesión unilateral del Estado en el que se constituye España" y descartó la afirmación recurrente de los independentistas de que forma parte del ordenamiento jurídico por vía de tratados internacionales firmados por España.

"El derecho de libre autodeterminación" quedó limitado en "diversas resoluciones inequívocas de las Naciones Unidas" a los casos de "sujeción de pueblos a una subyugación, dominación y explotación extranjeras", recordó el Tribunal Constitucional.

"Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas", dijo.

Sobre la invasión de competencias, el Tribunal recordó que el Estado tiene competencia exclusiva en "el instituto del referéndum", en cualquier "modalidad o ámbito territorial". Un referéndum concebido para la "redefinición de la identidad y unidad del sujeto titular de la soberanía" solo puede encauzarse mediante reforma constitucional, aseguró.

La ley del referéndum catalán es "con toda evidencia, inconstitucional" porque es contraria a "principios esenciales de nuestro ordenamiento constitucional: la soberanía nacional, residenciada en el pueblo español, la unidad misma de la Nación constituida en Estado social y democrático de Derecho, y la propia supremacía de la Constitución". A esa supremacía está sujeto también, recordó la sentencia, el Parlament catalán.

La permanencia o no de Cataluña en el Estado no podría ser decidida solo por Cataluña, sino por todos los ciudadanos de España. "Lo contrario entrañaría, con la ruptura de la unidad de la ciudadanía, la quiebra, en términos jurídico-constitucionales, de la Nación de todos" aseguró la sentencia.

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