Córdoba08/07/2020

Admiten una acción colectiva contra una empresa de servicios aéreos

Los demandantes piden que la empresa Fly Bondi restituya a todos los usuarios el dinero invertido para comprar pasajes aéreos que luego fueron suspendidos por la pandemia.

Piden que el dinero invertido para la adquisición de pasajes aéreos y cuyo servicio no fue prestado sea devuelto. - Foto: NA.

El Juzgado Civil y Comercial de 51ª Nominación de la ciudad de Córdoba resolvió admitir como acción colectiva a una demanda interpuesta por la Asociación Civil Acción y Defensa del Consumidor e Inquilino, contra la empresa Fly Bondi Líneas Aéreas S.A.

La demandante buscaba que se les restituya a todos los usuarios el dinero invertido para la adquisición de pasajes aéreos y cuyo servicio no fue prestado, por la suspensión de vuelos ordenada como consecuencia de la pandemia de Covid 19. En este marco, el juez Gustavo Massano reencuadró la pretensión como acción colectiva y asignó a la causa el trámite de proceso por audiencias de la Ley 10.555, aunque con las modificaciones y adaptaciones propias de aquélla.

El magistrado determinó “la existencia de una relación de consumo entre las partes del juicio y la consecuente aplicación del continente normativo de protección al consumidor”. En este sentido, afirmó que “no existen dudas de la calidad de proveedor que le cabe a la aerolínea, ni tampoco de la condición de destinatarios finales que le cabe a la descripción de la clase que efectúa la demandante.”

Finalmente, dispuso la fijación de la audiencia prevista por el artículo 58 del Código Procesal Civil y Comercial para el 21 de agosto próximo, previo a dar trámite al proceso asignado. También dio intervención al Ministerio Público Fiscal y dispuso que se ponga en conocimiento de la presente causa a quienes, eventualmente, pudieran integrar el “colectivo”, para que comparezcan en la causa. A tales efectos, ordenó medidas concretas sobre su publicidad y definió de manera clara aspectos sobre la forma de las notificaciones.

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