Córdoba09/03/2020

Caso Muñoz: para la Justicia, los indicios contra Medina son ineludibles

Claudia fue asesinada a principios de mayo de 2017 cuando se encontraba en su local de ropa en Río Cuarto. Medina fue condenado a una pena de 15 años de prisión.

Foto: Puntal.

La Cámara en lo Criminal y Correccional de Primera Nominación de Río Cuarto dio a conocer este lunes los fundamentos de la sentencia que, por unanimidad, condenó a Sergio Aldo Medina como autor del delito de homicidio y le impuso una pena de quince años de prisión.

El tribunal integrado por los camaristas María Virginia Emma, Daniel Antonio Vaudagna, Natacha Irina García y ocho jurados populares, consideró que los indicios analizados durante el juicio confluyen en una “única, necesaria e ineludible conclusión”: Sergio Medina es el autor del homicidio de Claudia Muñoz.

La sentencia afirma que la univocidad de los indicios “no admite hendidura alguna para el ingreso de una duda razonable al respecto” y agrega que una duda “sólo podría sostenerse a partir de un análisis parcial y sesgado de esos elementos probatorios” que omita una “valoración conjunta e integrada de la totalidad de los señalados datos indiciarios”.

En este sentido, el tribunal detalló que, a partir de la prueba incorporada al debate, quedó probado que el día del hecho el acusado Medina fue al negocio de Claudia Muñoz y la mató (asestándole 33 puñaladas) con un cuchillo monofilo que llevaba, ya que en el mostrador del local se encontró una campera de caballero del mismo talle de Medina, que coincidió con el encargo que él había hecho. La Cámara, además, valoró que faltaba la ficha de registro de compras de Medina. Se comprobó no sólo que Medina era cliente, sino que era conocido de la víctima desde niños y que el día del hecho salió caminando “a mil” detrás de ella.

En base a la prueba fílmica y a los relatos de testigos, el fallo reconstruye el itinerario seguido por Sergio Medina y por Claudia Muñoz, en los instantes previos al hecho, y coincidieron en tiempo y lugar.

En la sentencia, se destaca que todas las defensas intentadas por Medina fueron investigadas y desvirtuadas en base a la prueba producida durante el debate y que, las otras hipótesis de autoría, fueron descartadas después de investigaciones exhaustivas.

Por otra parte, el tribunal desestimó la hipótesis introducida en la causa por el testigo nuevo José Luis Salinas, quien refirió haber visto a Claudia Muñoz ingresar con un joven no identificado al local, momentos antes del crimen.

Durante dos careos efectuados durante el juicio, se pudo comprobar que la descripción de la ropa de la víctima y las referencias a sus movimientos previos no coincidían en nada con los detalles brindados por otros testigos que también vieron a Claudia Muñoz en los momentos previos a su deceso, los cuales había sido corroborados con prueba independiente.

Calificación legal

En cuanto a la calificación legal del crimen, el tribunal consideró que en la causa no se acreditaron “los indicadores de desigualdad que colocan a la mujer en una situación de inferioridad y la hacen pasible de violencia a manos de un hombre”, ni se han verificado las condiciones del ensañamiento. Por estas razones, encuadró la conducta en el delito de homicidio simple.

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