Córdoba12/10/2016

Carreras de galgos: Promueven su prohibición en la Provincia

La legisladora provincial Liliana Montero presentó un proyecto de ley para prohibir en todo el territorio cordobés la realización de riñas, peleas o carreras de perros u otros animales donde se los mate, lastime o martirice.
El proyecto prevé además multas , trabajos comunitarios y hasta arresto a quien incumpla la normativa.

La iniciativa, que fue presentada el 3 de agosto de 2016, cobra relevancia hoy ya que desde este mediodía la Comisión Penal de la Cámara de Diputados de Argentina debate un proyecto de ley nacional que prohíbe las carreras de galgos y que ya cuenta con media sanción del Senado de la nación.

Cuando se discutió el nuevo Código de Convivencia provincial, el cual fue sancionado el 2 de diciembre del año pasado, la legisladora Montero y el entonces legislador Roberto Birri solicitaron la incorporación de la prohibición de riñas, peleas y carreras de perros y otros animales. Sin embargo, el oficialismo provincial, en la anterior composición de la Legislatura, descartó la propuesta.

Puntualmente, el proyecto dispone, entre otros puntos, la "prohibición en todo el territorio provincial de la realización, organización, práctica y promoción de actos públicos o privados donde se lleven a cabo riñas, peleas o carreras de perros y de cualquier otro animal donde se los mate, lastime o martirice".

También sanciona con multa, trabajo comunitario y arresto de hasta 30 días al que organizare, facilitare o participare en actos públicos o privados donde se lleven a cabo riñas, peleas o carreras de perros y/o de cualquier otro animal. Quedan contemplados en dicha sanción los dueños de los animales que consintieren dicho acto.

Además, dispone que el Poder Ejecutivo Provincial implemente una "Campaña provincial contra el maltrato animal", para fomentar y difundir la ley Nacional 14.346 de Protección Animal, conocida como Ley Sarmiento, y los pasos y requisitos necesarios para efectuar las denuncias por maltrato animal por parte de los vecinos.

En tanto que, para los animales rescatados en procedimientos que se realicen en aplicación de la ley, prevé la asistencia de manera inmediata por personal idóneo y derivados posteriormente a instituciones públicas o privadas para su protección, cuidado y reinserción.

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