El juez cerró la investigación por desaparición forzada de Santiago

Fue sobreseído el gendarme Emmanuel Echazú, único imputado. La Justicia consideró que el fallecimiento fue por una "sumatoria de incidencias".
Para el magistrado, "nadie fue penalmente responsable por su muerte". Foto archivo.

El juez federal Gustavo Lleral ordenó el cierre de la investigación por la desaparición y muerte de Santiago Maldonado por considerar que su fallecimiento se produjo por una “sumatoria de incidencias” y que "nadie fue penalmente responsable por su muerte".

El magistrado dispuso además la absolución del gendarme Emmanuel Echazú, único imputado en la causa por la muerte de Maldonado tras la represión de Gendarmería en la comunidad Pu Lof en Resistencia de Cushamen. La querella de la APDH ya adelantó que apelará el fallo. 

El magistrado también determinó que Maldonado falleció "a causa de una asfixia por sumersión coadyuvado por un cuadro de hipotermia" el mismo día de su desaparición.

 A partir de las pericias realizadas, Lleral sostuvo que el cuerpo del artesano permaneció todo el tiempo en el Río Chubut, desde el 1 de agosto hasta el hallazgo del cuerpo, el 1 de octubre de 2017.

 Un peritaje al DNI de Santiago Maldonado determinó que habría estado 90 días sumergido en el Río Chubut, ante lo que la familia del joven artesano había desconocido los resultados y advirtió que esos estudios "jamás arrojarán un resultado cierto".

Los resultados de la pericia al DNI de Santiago Maldonado, realizada por tres especialistas en plásticos del INTI y un perito de parte, determinaron a través de una prueba que elementos sumergidos durante 90 días en agua extraída del río Chubut tenían un estado similar al hallado en el bolsillo del joven cuyo cadáver fue hallado el 17 de octubre de 2017.

En tanto, la familia del joven desconoció a través de un comunicado los resultados de esa pericia, que fue tomada en cuenta por Lleral para emitir el fallo.

"Nosotros desde el primer momento que se dispuso la realización de esta pericia sobre el DNI la hemos impugnado ya que se desconocían y se desconocen aún las condiciones en las que estuvo el cuerpo de Santiago y, en consecuencia, su DNI", señaló la familia a través de un comunicado.

Al respecto, los familiares señalaron: "Por tanto, los resultados jamás arrojarán un resultado cierto, ya que la pericia no se realizó en el lugar del hecho (Río Chubut).Cualquier resultado de esta pericia no será preciso ni confiable".

"Reiteramos una vez más que desconocemos dichos resultados", señaló la familia.

 Además, subrayó: "También advertimos en ese momento, que el objetivo de esta pericia era justamente: decir que la autopsia y esta prueba confirmaban la mentira que se quiso instalar, de que el cuerpo siempre estuvo en ese lugar".

"Y decimos mentira porque el 26 de noviembre de 2017 los peritos de la Morgue de la Corte Suprema que realizaron la autopsia nos informaron que no podían afirmar que el cuerpo de Santiago haya estado siempre en el mismo lugar en el que fue encontrado, ni cuando murió, ni dónde, ni cómo, ni pudieron establecer cuantos días estuvo en el agua", subrayaron.

También precisaron que "el 10 de julio de 2018, el perito a cargo de la pericia del DNI, Ing. Giménez del INTI, nos informó que él desconocía en qué condiciones había estado el cuerpo de Santiago".

"Por otra parte, el 27 de noviembre, fuimos notificados del rechazo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al planteo de la familia para que la investigación la realice un grupo de expertos independientes. La queja fue desestimada por considerar que no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (conforme artículo 14 de la ley 48)", indicaron los familiares.

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