Ersep: no se podrán aplicar tasas en las boletas del agua

Tal como se aplicaron cambios a la facturación de la luz, el ente dispuso que el agua se cobrará independiente a cualquier otro concepto que resulte ajeno a la prestación del servicio.

Córdoba 13/03/2018
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Este martes el Ente Regulador de Servicios Públicos (ERSeP) dispuso realizar cambios en el modelo de facturación del servicio público del agua. Entre las medidas, se deberá facturar el servicio independientemente a otros conceptos. y además, los distribuidores de agua y saneamiento no podrán percibir tasas.

Mario Blanco, presidente del Ersep, en conferencia de prensa dijo: “Hemos resuelto hacer lo propio con lo que se hizo con la boleta de luz. La boleta de agua se deberá facturar desagregada en todos rubros no asociados que no estén relacionados directamente con el suministro y consumo de agua. Es una medida que se toma en paralelo, con las contribuciones que no tengan que ver en forma directa con el agua, en ese sentido si hablamos de tasas por ejemplo, nosotros no nos involucramos”.

La primera medida ordena efectuar la facturación en forma independiente a cualquier otro concepto que resulte ajeno o no asociado a la prestación del servicio público de Agua, haciéndose extensiva la presente disposición a Saneamiento (cloacas) cuando el servicio sea prestado por una misma concesionaria.

El modelo de factura deberá ser presentado por las prestatarias ante el ERSeP para su aprobación dentro del término de treinta días. El ente además señaló que no se podrá incorporar a la factura ítem alguno que no haya sido autorizado previamente por este regulador.

La segunda medida tiene que ver con la función de las distribuidoras como agentes de percepción o retención de tasas municipales o comunales. En este sentido el ERSeP resolvió que las distribuidoras de Agua y Saneamiento de la Provincia de Córdoba, no podrán percibir tasas o contribuciones, pudiendo facturar solo lo directamente relacionado con el servicio.

Por último se dispuso que, siendo el Agua y la Energía servicios esenciales y prioritarios, “se deberá propender en Agua y Saneamiento a la gratuidad del uso del espacio público a los fines de la prestación del servicio”, tal como sucede en la energía eléctrica, ello en virtud a un principio de equidad e igualdad a favor del usuario.

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