
Cormecor: confirman que no se respetó la distancia recomendada

La Cámara I en lo Contencioso Administrativo corrió vista del Informe Pericial Oficial a las partes involucradas en el amparo ambiental contra la instalación del enterramiento sanitario de Cormecor.
Este informe reúne las respuestas, evaluaciones y conclusiones de peritos especialistas en Ambiente, Trabajo Social, Geología, Agrimensura e Hidráulica que fueron convocados por la justicia para responder a las objeciones de las partes formuladas en este litigio. Las pericias comenzaron a realizarse a fines de 2017 y recién en estas últimas semanas se conocieron los resultados plasmados en un informe multidisciplinario de 380 páginas.
Así lo informaron los vecinos autoconvocados en la agrupación "Santa María sin basura" a través de un comunicado que dieron a conocer este lunes. En el mismo, reflejan el informe de peritos oficiales que da cuenta que mientras la UNC recomendó un distanciamiento mínimo de 4 km entre el enterramiento sanitario de la zona metropolitana y cualquier población, Cormecor decidió instalar su mega-enterramiento a 1 km de Villa Parque Santa Ana.
"Los peritos señalan graves falencias e imprecisiones en el Estudio de Impacto Ambiental. Además, cuestionan los criterios mediante los cuales la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático aceptó la reducción de los radios de exclusión y buffer a sólo 1 km... Los peritos oficiales recomiendan respetar el distanciamiento mínimo de 4 km indicado por la UNC, por lo que Cormecor debería buscar un nuevo emplazamiento para su proyecto", señalaron los vecinos sobre el informe difundido.
Entre los puntos destacados, señalan "el incumplimiento por parte de Cormecor de la distancia recomendada por el Instituto Superior de Estudios Ambientales (ISEA) de la UNC entre el predio de enterramiento sanitario de la zona metropolitana y las poblaciones. El ISEA en un trabajo específico recomendó que el predio de enterramiento de los residuos de la zona metropolitana tuviera un radio de 2 km de zona de exclusión, más 2 km de zona buffer o de amortiguación; es decir, un mínimo de 4 km en total que lo apartara de cualquier población. Sin embargo, las pericias de agrimensura demostraron que el predio elegido por Cormecor está a tan sólo 1,03 km de Villa Parque Santa Ana; a 1,82 km de Bouwer y a 3,93 Km de la localidad de Los Cedros".
Además, advirtieron falencias en la presentación de información, cálculos y planificación tanto sobre la segregación y reciclado de los RSU como de la recolección y tratamiento de sus derivados residuales (gases y líquidos lixiviados):
"Lo que están señalando los peritos oficiales de la justicia es que la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático (SAyCC) mediante resolución 010 dio por cumplimentados requisitos que la empresa verdaderamente no cumplimentó. Es decir que otorgó licencia ambiental a Cormecor de manera sumamente irregular", expresaron en el comunicado los vecinos.
Asimismo, indicaron que la empresa "no garantiza en absoluto la separación y recuperación de materiales reciclables, ni la recolección y tratamiento de los lixiviados, ni cuenta con los fondos para realizar un adecuado control de las emanaciones de gases".
Además, los peritos afirman que según la ley de ordenamiento territorial de Córdoba en la zona donde se ubica el predio elegido por Cormecor "no están autorizados este tipo de emprendimientos. Y en la página 80 confirman que el predio en cuestión no se ubica en los cuadrantes recomendados por el ISEA".
Entre las principales conclusiones, señalan: “En opinión de este Cuerpo Pericial, y ante la inexistencia de otro estudio más pormenorizado, para este tipo de mega-emprendimiento, creemos se debería respetar lo recomendado en el estudio del ISEA, es decir un radio de 2 km de zona de exclusión y otros dos km adicionales como zona buffer, es decir un total de 4 km del borde urbano”.
Con este informe, los vecinos volvieron a solicitar a la justicia revocar inmediatamente la licencia ambiental de Cormecor, retrotraer a foja cero el proceso de habilitación de la Planta y enterramiento sanitario de la zona metropolitana y exigir a los funcionarios público el cabal cumplimiento de las normativas ambientales vigentes.
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