Elevan a juicio la causa contra el joven que creó y difundió imágenes sexuales manipuladas de sus compañeras de escuela

El tribunal, integrado por los camaristas Patricia Alejandra Farías, Maximiliano Octavio Davies y Carlos Alberto Salazar, consideró que esta conducta configura el delito de lesiones graves calificadas en razón de mediar violencia de género.
Córdoba18/03/2026Redacción La Nueva MañanaRedacción La Nueva Mañana

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Manipulación de imágenes con IA (Justicia Córdoba)
El joven utilizó inteligencia artificial para colocar rostros de compañeras de colegio en cuerpos desnudos e insertar dichas imágenes en una página pornográfica. Foto: Justicia Córdoba

La Cámara de Acusación de Córdoba confirmó la elevación a juicio del joven estudiante del colegio Manuel Belgrano acusado de manipular fotografías de sus compañeras para crear imágenes sexuales con inteligencia artificial (IA) que publicó en un sitio web.

El tribunal, integrado por los camaristas Patricia Alejandra Farías, Maximiliano Octavio Davies y Carlos Alberto Salazar, consideró que esta conducta configura el delito de lesiones graves calificadas en razón de mediar violencia de género.

Según se explicó, el joven utilizó inteligencia artificial para colocar rostros de compañeras de colegio en cuerpos desnudos e insertar dichas imágenes en una página pornográfica.

La Cámara de Acusación tomó en cuenta que las publicaciones identificaban a las víctimas por su nombre y apellido; que el imputado publicó junto con esas fotografías enlaces que remitían a los perfiles de Instagram de sus compañeras; y analizó que esto provocó que las damnificadas recibieran numerosas solicitudes de amistad y visitas a sus redes sociales por parte de desconocidos.

La resolución explica que en la actualidad el daño psíquico se considera una lesión del Código Penal, “aún sin daño físico concomitante”. También puntualiza que en este caso las damnificadas son personas menores de edad que se encuentran en una especial situación de vulnerabilidad, “como sujetos en formación”.

Los trastornos de ansiedad persistentes, estrés postraumático, trastornos adaptativos, y aislamiento social, deben considerarse graves, sin lugar a dudas”, enfatizó la camarista Farías, autora del voto.

El tribunal agregó que, aunque las imágenes hayan sido manipuladas, “implicaron una exposición sexual, digital, pública y reiterada, por la multiplicidad de visualizaciones que genera dicho medio y en el marco de lo que también debe considerarse violencia simbólica”.

Asimismo, consideró que estas publicaciones en redes sociales configuraron violencia digital, “dado que fue en el espacio digital donde se concretó el mensaje estereotipado, lo que no requiere necesariamente de un vínculo interpersonal entre el agresor y las víctimas, pues el impacto se produce al incidir en representaciones sociales teñidas de una cultura patriarcal”.

Van proliferando en nuestra sociedad conductas que utilizan los medios informáticos o las redes para la comisión de distintos delitos que tiene como sujeto pasivo a la mujer, lo que ha supuesto un ámbito importante de vulnerabilidad para la privacidad, y un espacio posible de ataques por medios muy diversos”, afirmaron los vocales.

Si sos víctima de violencia de género o conocés a alguien que necesite ayuda, comunicate a la línea nacional y gratuita 144, que funciona todos los días del año, las 24 horas. También podés dirigirte al Polo Integral de la Mujer (teléfono 0800 888 9898, Entre Ríos 680, Córdoba Capital). 

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