Ya rige la devolución del IVA: a quiénes beneficia y cómo funciona el programa

Este lunes se efectiviza el programa de reintegro del IVA en la compra de productos de la canasta básica con tarjeta de débito.

Economía 18/09/2023 Redacción La Nueva Mañana Redacción La Nueva Mañana
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La medida entran en vigencia desde este lunes 18 de septiembre y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre. Foto: archivo NA

El programa de reintegro del IVA en la compra de productos de la canasta básica con tarjeta de débito comenzó a regir desde este lunes.

Alrededor de 20 millones de personas podrán obtener el beneficio en la adquisición de alimentos y productos de higiene personal. Pero para poder obtener un descuento de hasta $18.800 por mes y por persona, hay una opción para chequear en la web oficial de la AFIP si se entra en la categoría de beneficiario o no, pero que no incluye a los nuevos sujetos alcanzados.

Devolución del IVA: cómo saber si se puede acceder al beneficiario del reintegro del IVA
1. Ingresar a: https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/reintegro/consulta.aspx
2. Se debe ingresar el CUIL y el código de seguridad.
3. Aparecerá en la pantalla si está o no incluido.

Es importante aclarar que esta web aplica solamente a beneficiarios anteriores como jubilados y pensionados que ya accedían al reintegro de $4.000 mensuales, no a las nuevos sujetos alcanzados.

Devolución del IVA: ¿qué pasa si no estoy incluido?

Si bien se pensaba que esta base es posible que no esté "actualizada", ya se activaron los sistemas para que 18 millones de personas puedan acceder al beneficio este lunes sin trámite previo.

Devolución del IVA: quiénes son las personas alcanzadas

Serán beneficiarios del régimen de reintegros los sujetos que perciban alguno de los siguientes conceptos, no excluyentes entre sí:

a) Jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales.

b) Beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social.

El monto total mensual de estos ingresos no deberá superar la suma de seis haberes mínimos garantizados.

c) Beneficiarios de asignaciones por embarazo para protección social.

e) Trabajadores en relación de dependencia, siempre que el ingreso mensual no supere la suma de seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Para estos ingresos, se tomará a consideración la remuneración bruta devengada en el período fiscal vencido en el mismo mes que se envíe la información de los sujetos beneficiarios a las entidades administradoras de sistemas de tarjetas de débito. En caso de pluriempleo se considerará la sumatoria de las remuneratorias brutas.

Para el mes en curso, se considerarán las remuneraciones informadas en el período de agosto 2023.

f) Personal de Casas Particulares.

g) Monotributistas, excepto que obtengan ingresos provenientes de conceptos comprendidos en el último párrafo del artículo 11 del anexo de la ley 24.977.

 Cuánto se deberá comprar para acceder al total mensual

Se reintegrará la totalidad del IVA de los productos de primera necesidad (21% del valor de los productos), con un tope de $18.000 mensuales por beneficiario. Para que te devuelvan $18.800, se deberá efectuar una compra de $89.523 en productos de la canasta básica.

El reintegro se efectúa a las 48horas luego de la compra, sin embargo no se descarta acortar el proceso a 24 horas.

Qué ocurre con las billeteras virtuales

Por el momento las billeteras virtuales como Ualá, Mercado Pago, MODO u otras, no están incluidas. No se descarta que más adelante sí se incorporen.

¿Se puede hacer compras online y recibir el reintegro del 21%?

Sí. Si es con débito cuenta sueldo se efectúa el reintegro.

 ¿Se puede combinar otros beneficios y promociones bancarias?

Sí, mientras que sean con débito se pueden utilizar promociones bancarias y acumular descuentos. Vale recordar que el reintegro del 21% se realiza a la compra.

¿Hasta cuándo tendrá vigencia?

La medida entran en vigencia desde el lunes 18 de septiembre hasta el 31 de diciembre.

¿Qué productos son alcanzados?

En la canasta básica, según registra el INDEC están incluidos los siguientes productos:

Pan
leche
galletitas de agua/dulces
arroz
harina de trigo y otras harinas
fideos
papa/batata/ hortalizas/frutas
azúcar
dulces
legumbres secas
frutas
carnes
menudencias
fiambres
huevos
queso
yogur
manteca
aceite
bebidas no alcohólicas
bebidas alcohólicas
sal fina
condimentos
vinagre
café
yerba

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