
Critican la demora judicial en la causa sobre un arroyo alambrado en Alta Gracia


Bajo el título “Arroyos alambrados: La ciudadanía debe ser parte”, el Colectivo Social Todos por Nuestros Arroyos (TXNA) de Alta Gracia y la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) de Córdoba elaboraron un documento para expresar “nuestra preocupación por la demora de más de dos años por parte del Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial, de Conciliación y Familia de Segunda Nominación de Alta Gracia, para resolver sobre nuestro pedido de participación como terceros interesados en el juicio denominado “El Potrerillo de Larreta S.A. c/ Provincia de Córdoba”.
Se trata del caso que involucra a ese barrio cerrado ubicado al oeste de la ciudad del Tajamar, que desde hace unos diez años mantiene alambrado un arroyo que atraviesa el loteo. Las organizaciones firmantes recordaron que “en dicho litigio se encuentra en juego la preservación y apertura de aproximadamente cuatro kilómetros de espacio público del Arroyo Los Paredones, que desde hace años el barrio privado Potrerillo de Larreta mantiene cercado con un alambre para uso exclusivo de sus instalaciones”.
Y señalaron que “en 2018, luego de participar bajo el carácter de “amigos del tribunal” para presentar nuestra postura ante el Poder Judicial, desde TXNA y Fundeps decidimos solicitar la participación como terceros interesados, figura que nos compromete aún más con la causa, y nos permite acceder de esta manera a la lectura de los expedientes y tomar intervención en el juicio que en su momento se estaba tramitando ante la Cámara de Apelación de 9° Nominación de la ciudad de Córdoba”. Ese pedido no ha tenido aún respuesta, y en julio pasado “la Cámara de Apelaciones dictó la sentencia sobre el fondo, dejándonos sin oportunidad de presentar argumentos en esta instancia, privándonos consecuentemente de la posibilidad de defender los derechos lesionados”, indicaron.
De este modo, las organizaciones insistieron en que “necesitamos tener la posibilidad de acceder a la justicia en causas que afectan al interés público, vinculadas a derechos de incidencia colectiva, en un plazo razonable y sin dilaciones”.


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