Rechazaron el amparo presentado por jubilados contra la Caja

Así lo dispuso la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Contencioso-Administrativo de San Francisco. En Córdoba, hay 10.000 pedidos por el nuevo criterio de liquidación, de la Ley 10.333.
Córdoba26/06/2017

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 La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Contencioso-Administrativo de San Francisco rechazó el amparo realizado por diez jubilados contra la Caja de Jubilaciones.

El caso podría sentar un precedente en una materia que mantiene a los gremios implicados en pie de lucha con el Gobierno y no sería una buena noticia para los alrededor de diez mil jubilados públicos que en Córdoba llevan adelante un reclamo por la "inconstitucoinalidad" de los artículos 2 y 3 de la Ley Provincial 10.333, que estableció en diciembre de 2015 un nuevo criterio en la liquidación de haberes de los pasivos.

Mientras se aguarda que se expida el Tribunal Superior de Justicia, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Contencioso-administrativo de San Francisco rechazó el amparo realizado por diez jubilados contra la Caja de Jubilaciones y el caso podría sentar un precedente en una materia que mantiene a los gremios implicados en pie de lucha con el Gobierno.

El abogado de los reclamantes, Leandro Ferrachione, anticipó que recurrirán al TSJ tras el fallo y recordó que poco tiempo atrás en otra presentación se le fue reconocido el reclamo "tanto en cuestiones formales como de fondo". Así, recordó que en aquel momento, con un Tribunal compuesto de modo distinto, "la Justicia dijo que ésta era la vía para discutir la cuestión y también que era inconstitucional".

Las resoluciones en la Legislatura Unicameral fueron unas de las primeras de la gestión de Schiaretti, y el 23 de diciembre de 2015 se aprobó la ley que terminaba con el "pago diferido" que establecía la norma anterior, pero aplicaba un nuevo criterio para el cálculo. "El cambio en los porcentajes", de modo restrictivo, sigue generando rechazos.

En diálogo con el programa Cara y Cruz, de radio Universidad, Ferrachione dijo: "El argumento (del Tribunal que rechazó el amparo) del núcleo duro, de la causa Bossio, no se puede aplicar ahora. La Provincia no se encontraba en emergencia previsional y no se puede disminuir los haberes de los jubilados de manera intempestiva y aplicar el 82% móvil como tope".

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